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3 NORMAS LEGALES Lunes 6 de febrero de 2023 El Peruano / fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, genérica de gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, partida especí fi ca 2.4.1 3.1 1 Otras Unidades del Gobierno Nacional, hasta por la suma de ciento diecisiete mil ochocientos once con 00/100 soles (S/ 117 811,00) (…)”; Que, asimismo, la UPRE re fi ere que corresponde que el Titular del Pliego 163; INIA emita la resolución autoritativa para la transferencia de los mencionados recursos, conforme a lo sustentado; Que, en consecuencia, dicho órgano señala que en cumplimiento a lo previsto en el artículo 20 de la Ley N° 27785 modi fi cada por la Ley N° 30742, y atendiendo al requerimiento formulado por la Contraloría General de la República y a lo solicitado por la OA del Pliego 163: INIA, resulta necesario atender la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la Republica por el monto de ciento diecisiete mil ochocientos once con 00/100 soles (S/ 117 811,00), en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Especi fi ca de Gastos 2.4.1 3.1 1 Otras Unidades del Gobierno Nacional, Categoría Presupuestal 9001 Acciones Centrales; recursos destinados al desarrollo de la auditoria externa correspondiente al Año Fiscal 2022; Que, mediante Informe N° 0036-2023-MIDAGRI- INIA-GG/OAJ de fecha 03 de febrero de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que, en consideración a la normativa glosada, y lo indicado por la UPRE-OPP, se debe proseguir con el trámite y aprobar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, y, la Unidad de Presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI, modi fi cado con el Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INIA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia Financiera del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, por la suma de ciento diecisiete mil ochocientos once con 00/100 soles (S/ 117 811,00), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gastos 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca del Gasto 2.4.13.11: Otras Unidades del Gobierno Nacional, a favor de la Contraloría General de la República, para el fi nanciamiento de la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental correspondiente al periodo 2022. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se autoriza la presente transferencia fi nanciera. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE JUAN GANOZA RONCAL Jefe 2149063-1