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7 NORMAS LEGALES Sábado 18 de febrero de 2023 El Peruano / Defensa; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y sus modi fi catorias; y, el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modi fi cado por Decreto Supremo N° 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Subo fi cial 3° EP Henrry SALGADO YANA (titular), identi fi cado con DNI N° 74903764 y del Subo fi cial 3° EP Wenceslao ALBERTO GONZALES (suplente), identi fi cado con DNI N° 73498543, para participar en el curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, a realizarse en la ciudad de Cayenne, Guyana Francesa, República Francesa, del 20 de febrero al 14 de abril de 2023; así como, autorizar su salida del país el 18 de febrero y su retorno el 16 de abril de 2023. Artículo 2.- El Ejército del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - ciudad de Cayenne (Guyana Francesa) - Lima (clase económica) US$ 4,200.00 x 1 (Titular) US$ 4,200.00 Total a pagar en dólares americanos: US$ 4,200.00 Compensación extraordinaria por servicio en el extranjero con fi nanciamiento parcial (20%) : € 872.29/28 x 9 días x 1 persona (20 al 28 feb 23) € 280.38€ 872.29 x 1 mes x 1 persona (Mar 23) € 872.29€ 872.29/30 x 14 días x 1 persona (1 al 14 abr 23) € 407.06 Total a pagar en euros: € 1,559.73 Artículo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero será reducida, por el Ejército del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni la designación del personal. Artículo 6.- El personal militar autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El personal militar autorizado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 8.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2153050-1DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aceptan renuncia de Vocal del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2023-MIDAGRI Lima, 17 de febrero de 2023CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 011-2017-MINAGRI se nombra, al señor Francisco Mauricio Revilla Loaiza, en el cargo de Vocal del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, cargo al cual ha formulado renuncia con e fi cacia al 31 de diciembre de 2022, correspondiendo aceptarla; Que, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2010-AG; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; y la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2022, la renuncia formulada por el señor Francisco Mauricio Revilla Loaiza, al cargo de Vocal del Tribunal Nacional de Resolución de Controversias Hídricas de la Autoridad Nacional del Agua, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República NELLY PAREDES DEL CASTILLO Ministra de Desarrollo Agrario y Riego 2153119-7 EDUCACION Aprueban el cronograma excepcional en el marco del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, para aquellos postulantes que no lograron rendir la Prueba Nacional en el departamento de Ica y en el centro de evaluación Mariscal Cáceres de la provincia de Huamanga-Ayacucho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 027-2023-MINEDU Lima, 15 de febrero de 2023