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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (18/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 18 de febrero de 2023 El Peruano / (DSL) N° DSL00100/2023 de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, de 26 de enero de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP00290/2023 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de febrero de 2023, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje y, el Memorándum (OAP) N° OAP00503/2023 de la O fi cina de Administración de Personal, de 10 de febrero de 2023; CONSIDERANDO:Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas ha convocado a una Conferencia Intergubernamental, a fi n de examinar las recomendaciones del Comité Preparatorio sobre los elementos del texto de un instrumento internacional jurídicamente vinculante en el marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar relativo a la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas fuera de la jurisdicción nacional; Que, el citado instrumento internacional tiene como propósito establecer un régimen internacional jurídicamente vinculante que regule la conservación y el uso sostenible de la diversidad biológica marina de las zonas situadas más allá de las jurisdicciones nacionales, particularmente en lo que respecta a los recursos genéticos marinos, incluidas las cuestiones relativas a la distribución de los bene fi cios; las medidas como los mecanismos de gestión basados en zonas geográ fi cas, incluidas las áreas marinas protegidas; las evaluaciones del impacto ambiental; y la creación de capacidad y la transferencia de tecnología marina; Que, el Perú viene participando activamente en el mencionado proceso de negociación, en cuyo marco no sólo se ha venido trabajando en la de fi nición de una posición nacional para cada uno de los temas materia de negociación, sino también ha contribuido en la construcción de una posición regional conjunta, en el marco del Grupo Latinoamericano de Países A fi nes, conocido como el CLAM, que está integrado por 15 países de la región; Que, la participación propositiva y coherente del Perú en el proceso de negociaciones sobre el Acuerdo de Biodiversidad más allá de las áreas de Jurisdicción Nacional (BBNJ, por sus siglas en inglés) es imprescindible para el mantenimiento y defensa de los intereses del país dentro y fuera del dominio marítimo, así como para garantizar el desarrollo sostenible en bene fi cio de su población, en cumplimiento de los objetivos de la Política Nacional Marítima 2019-2030, que tiene como objetivo prioritario “Fortalecer la in fl uencia del Perú en asuntos marítimos internacionales”; Que, dicha Conferencia Intergubernamental fue programada para tener una duración de dos años, con reuniones en cuatro periodos de sesiones, de 10 días laborales cada uno, de las cuales, a la fecha se han celebrado cuatro, con la participación de una delegación peruana; Que, la Secretaría General realizó la convocatoria para la realización del quinto periodo de sesiones de la Conferencia Intergubernamental en la Sede de las Naciones Unidas en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 de febrero al 3 de marzo de 2023; Que, se estima importante la participación del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Ríos Segura, Director (e) de la Dirección de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos en el referido evento, a fi n de que el Perú continúe una activa participación y seguimiento de los asuntos abordados en esta Conferencia; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario diplomático a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, será del 19 de febrero al 3 de marzo de 2023; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Carlos Alberto Ríos Segura, Director (e) de la Dirección de Asuntos Marítimos de la Dirección General de Soberanía, Límites y Asuntos Antárticos, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 19 de febrero al 3 de marzo de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137175 (76) Representación Diplomática y Defensa de los Intereses Nacionales en el Exterior; y, Código POI AOI00004500230 Preservación y Defensa de la Soberanía Marítima, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD Carlos Alberto Ríos Segura 1,421.34 440.00 12+1 5,720.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2152564-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0142-2023-RE Lima, 16 de febrero de 2023 VISTOS:El Memorándum (DGM) N° DGM00077/2023 de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 20 de enero de 2023; la Hoja de Trámite (GAC) N° 352 del Despacho Viceministerial, de 27 de enero de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP00291/2023 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de febrero de 2023, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje y, el Memorándum (OAP) N° OAP00504/2023 de la O fi cina de Administración de Personal, de 10 de febrero de 2023;