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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2023 (10/07/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Lunes 10 de julio de 2023 El Peruano / ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Designan Jefa de la Unidad de Integridad Institucional del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000138-2023-GEG/INDECOPI San Borja, 7 de julio de 2023 VISTOS: El Memorándum N° 000367-2023-GEG/ INDECOPI y la Hoja de Trámite N° 003913-2023-GEG/ INDECOPI de la Gerencia General; el Informe N° 000396-2023-ORH/INDECOPI de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000514-2023-OAJ/INDECOPI de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1033, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, establece que éste es un organismo público especializado con personería jurídica de derecho público interno, que goza de autonomía funcional, técnica, económica, presupuestal y administrativa, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y rige su funcionamiento de acuerdo con las disposiciones contenidas en la citada norma y en sus normas complementarias y reglamentarias; Que, conforme al Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del INDECOPI vigente, cuya última actualización correspondiente al año fi scal 2023 fue aprobada por Resolución N° 000042-2023- ORH/INDECOPI, el puesto de Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional corresponde al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo N° 728), signado en el número 017; el mismo que es considerado de con fi anza; Que, el artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, establece que la Unidad de Integridad Institucional es una unidad orgánica de apoyo que depende de la Gerencia General; Que, el literal e) del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, concordante con el literal e) del artículo 13 del Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, establecen que es función de la Gerencia General designar, entre otros, a los/las jefes/as de los órganos de apoyo; Que, mediante el Informe N° 000396-2023-ORH/ INDECOPI, la O fi cina de Recursos Humanos señala que la señora Sahda Olga Fayad Valverde cumple con las competencias y méritos, así como los requisitos y/o atributos propios para ocupar el cargo de Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional; Que, con el Informe N° 000514-2023-OAJ/INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que la Gerencia General se encuentra facultada para designar al/a Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional; Que, en tal sentido, encontrándose vacante el cargo de Jefe/a de la Unidad de Integridad Institucional, resulta legalmente viable proceder con la designación de la persona que asumirá dicho cargo; Con la visación de la O fi cina de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora SAHDA OLGA FAYAD VALVERDE en el cargo de Jefa de la Unidad de Integridad Institucional del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Recursos Humanos realizar las gestiones pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EVER MIRO GARCIA RODRIGUEZ Gerente General 2194355-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS MINISTERIO PÚBLICO Autorizan la Incorporación de mayores ingresos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 022: Ministerio Público del Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1680-2023-MP-FN Lima, 7 de julio de 2023 VISTOS: El o fi cio Nº 932-2023-MP-FN-GG de la Gerencia General, el o fi cio Nº 760-2023-MP-FN-OGASEJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el informe Nº 000101-2023-MP-FN-GG-OGPLAP de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y el memorando Nº 000222-2023-MP-FN-GG-OGFIN de la O fi cina General de Finanzas, y; CONSIDERANDO: En el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2837-2022-MP-FN, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Gastos correspondiente al año fi scal 2023 del Pliego 022: Ministerio Público por toda fuente de fi nanciamiento. El numeral 50.1 del artículo 50 del Decreto Legislativo Nº 1440 del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que las incorporaciones de mayores ingresos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, se sujetan a límites máximos de incorporación determinados por el Ministerio de Economía y Finanzas, en consistencia con las reglas fi scales vigentes, conforme a lo establecido en el citado artículo, y son aprobados mediante resolución del Titular de la Entidad cuando provienen, entre otros, de las fuentes de fi nanciamiento distintas a las de recursos ordinarios y recursos por operaciones o fi ciales de crédito que se produzcan durante el año fi scal. De conformidad con el artículo 3 del Decreto Supremo Nº 006-2023-EF, para efectos de la aplicación de los límites máximos de incorporación de mayores ingresos públicos fi jados en el artículo 2 del precitado decreto supremo, no se considera la incorporación de mayores ingresos públicos autorizados en la Ley Nº 31638, Ley de