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15 NORMAS LEGALES Lunes 10 de julio de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- Disponer que los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo primero de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Tercero.- La O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Pliego 022: Ministerio Público, instruirá a la O fi cina de Presupuesto para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requiera. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto remita copia de la presente resolución, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, en el plazo establecido en el citado artículo. Artículo Quinto.- Dispone la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional. Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Finanzas, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y a la O fi cina de Presupuesto, para los fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2194356-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Autorizan al gobernador la firma del Convenio Específico al Convenio N° 007-2020-MIDAGRI-DM, Convenio de Delegación de Facultades y de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y Gobierno Regional de San Martín, para la ejecución del Proyecto Denominado “Mejoramiento del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales en 10 provincias del Departamento de San Martín” CONSEJO REGIONAL ACUERDO REGIONAL Nº 041-2023-GRSM/CR EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Moyobamba, 21 de junio de 2023POR CUANTO:El Consejo Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por Ley N° 27902, Ley N° 28013 y Ley N° 31433; Reglamento Interno del Consejo Regional de San Martín, y demás normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia; Que, el artículo 11° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional; asimismo, el artículo 39° de la citada Ley establece que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, la base del objeto del Convenio N° 007-2020-MINAGRI-DM, es el establecimiento de mutuas relaciones de colaboración interinstitucional para la delegación temporal de facultades para la ejecución del Proyecto de Inversión denominado “Mejoramiento del Servicio de Catastro, Titulación y Registro de Predios Rurales en 10 provincias del departamento de San Martín”, identi fi cado con Código Único de Inversiones N° 2472507. Asimismo, se precisa que, en el literal m, del numeral 5.2 de la cláusula quinta del Convenio N° 007-2020- MINAGRI-DM, el Gobierno Regional se compromete: Asumir el fi nanciamiento del 12.6% del presupuesto del Proyecto con cargo a sus recursos para la ejecución de las actividades previstas. Que, mediante Informe N° 87-2023.GRSM/DRASAM/ DTRTYCR, de fecha 16 de junio de 2023, el Director de Titulación, Reversión de Tierras y Catastro Rural, de la Dirección Regional de Agricultura, emite Informe Técnico favorable, para la suscripción del convenio especí fi co al Convenio N° 007-2020-MINAGRI-DM, Convenio de delegación de facultades y de colaboración interinstitucional entre el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y el Gobierno Regional de San Martín, para la ejecución del Proyecto denominado: “Mejoramiento del servicio de Catastro, Titulación y Registro de predios rurales en 10 provincias del Departamento de San Martín” identi fi cado con CUI 2472507, pues permitirá efectivizar un compromiso asumido por el GORESAM en virtud a la cláusula 5.2 literal m) del Convenio N° 007-2020-MINAGRI-DM, además, posibilitará continuar con la ejecución del proyecto, para el vene fi cio de miles de sanmartinenses, que ostentan la condición de poseedores, pero necesitan ser reconocidos como propietarios de sus predios, para tener una mejor calidad de vida. Que, además, con Informe Técnico N° 05-2023- GRSM/DRASAM/DOA/OGP, de fecha 16 de junio de 2023, la O fi cina de Gestión Presupuestal de la Dirección Regional de Agricultura, concluye: como Unidad Ejecutora cuentan con un saldo de libre disposición por un monto de S/ 1,500,000.00 soles (un Millón Quinientos Mil y 00/100 soles), en el marco del cumplimiento del Convenio N° 007-2020-MINAGRI-DM, por lo que deberá ser derivado al área correspondiente del Gobierno Regional de San Martín, para efectuar las acciones necesarias. A su vez recomienda, realizar las acciones correspondientes, con el fi n de cumplir con lo dispuesto en el Convenio. Que, asimismo, mediante Informe Técnico N° 02-2023-GRSN-GRDE/EPM, de fecha 16 de junio de 2023, la Especialista en Planeamiento Estratégico Territorial de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, indica que el convenio especí fi co tiene por objeto efectivizar la transferencia fi nanciera a cargo del Gobierno Regional a favor del MIDAGRI, por el monto total de S/ 1,500,000 00 (Un Millón Quinientos M con 00/100 Soles), equivalente al 5.03% del Presupuesto del Proyecto, en cumplimiento de la obligación de fi nanciamiento del 12.6% del Presupuesto del Proyecto, establecida en