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5 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2023 El Peruano / ESTRATEGIA DENOMINADA “CAPITAL SEMILLA - RECICLA SEGURO”, VINCULADA AL SERVICIO DE RECICLAJE DESARROLLADO POR LOS RECICLADORES 1. IntroducciónA través de la Ley Nº 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores (en adelante, Ley del Reciclador ), se estableció el marco normativo para la regulación de las actividades de los trabajadores del reciclaje, promoviendo su formalización y la mejora en el manejo e fi ciente de los residuos sólidos. Esta Ley fue reglamentada mediante el Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM (en adelante, Reglamento de la Ley del Recicladores ), que regula la actividad de los recicladores. Dicho marco legal se orienta a la protección, capacitación y promoción del desarrollo social y laboral de los trabajadores del reciclaje, lo cual contribuye a la mejora en el manejo ecológicamente e fi ciente. Por otro lado, a través del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, y su modi fi catoria dispuesta por el Decreto Legislativo Nº 1501 (en adelante, LGIRS ), se establece que, la gestión integral de los residuos sólidos en el país tiene como primera fi nalidad la prevención o minimización de la generación de residuos sólidos en origen, frente a cualquier otra alternativa; y, en segundo lugar, respecto de los residuos generados, se pre fi ere la recuperación y la valorización material y energética de los residuos, entre cuyas actividades se encuentra, entre otros, el reciclaje; siempre que se garantice la protección de la salud y del medio ambiente. Respecto de los recicladores, se debe señalar que estos constituyen un actor principal dentro de la cadena de valor de residuos sólidos, toda vez que la labor que desempeñan promueve la implementación de los Programas Recicla, los cuales se han establecido como obligatorios, así como, contribuye a minimizar la cantidad de residuos, maximizar el uso e fi ciente de los recursos, promover la implementación de los programas de segregación de residuos sólidos, e incide positivamente en la reactivación económica con un enfoque de circularidad. En ese sentido, a través del Decreto de Urgencia Nº 026-2023, publicado en el Diario O fi cial El Peruano en fecha 13.07.2023, se establecieron medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera, para otorgar una subvención económica a los recicladores formales a nivel nacional 1, a fi n de garantizar que realicen sus labores con el equipamiento y/o insumos adecuados, propiciando condiciones dignas y un entorno seguro para éstos. Para ello, el numeral 5.1 de dicha norma autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 4 435 390,00 (CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES); de los cuales hasta por la suma de S/ 4 185 000,00 (CUATRO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (en adelante, MIDIS ) para fi nanciar el otorgamiento de la subvención económica autorizada, y hasta por la suma de S/ 250 390,00 (DOSCIENTES CINCUENTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego MINAM para fi nanciar los gastos operativos devenidos de la implementación de la estrategia denominada “Capital Semilla - Recicla Seguro”. A efectos de establecer los procedimientos operativos, de gestión y acompañamiento correspondientes, para la asignación de la subvención autorizada, y en cumplimiento de lo previsto por el numeral 2.2 del Decreto de Urgencia Nº 026-2023, se formula la presente estrategia para el otorgamiento de la subvención denominada “Capital Semilla - Recicla Seguro”. 2. ObjetoEstablecer la Estrategia “ Capital Semilla - Recicla Seguro ” para el otorgamiento de una subvención económica a favor de los/las recicladores/as mayores de edad que formen parte del Padrón Final de Recicladores (en adelante, PFR) que apruebe el MINAM, a fi n de fi nir los procedimientos operativos, de gestión y acompañamiento que garanticen que estos actores realicen sus labores con el equipamiento y/o insumos adecuados. 3. AlcanceLas disposiciones contenidas en el presente documento son de cumplimiento obligatorio para las unidades orgánicas del MINAM y MIDIS involucradas, así como la Coordinación Técnica (en adelante, CT) de la Estrategia. Asimismo, son de cumplimiento obligatorio para los recicladores/as formales y mayores de edad, de fi nidas en la presente Estrategia. 4. Base legal- Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente. - Ley Nº 29419, Ley que regula la actividad de los recicladores. - Decreto Legislativo Nº 1013 que crea el Ministerio del Ambiente y su modi fi catoria Decreto Legislativo Nº 1039. - Decreto Legislativo Nº 1278, Ley Gestión Integral de Residuos Sólidos, y sus modi fi catorias. - Decreto de Urgencia Nº 026-2023, Decreto de Urgencia que aprueba medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera, aplicables por diversos pliegos del gobierno nacional, con la fi nalidad de fi nanciar la estrategia denominada “Capital Semilla – Recicla Seguro”, vinculada al servicio de reciclaje desarrollado por los recicladores. - Decreto Supremo Nº 005-2010-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29419 Ley que regula la actividad de los recicladores, y su modi fi catoria. - Texto Único ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. - Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. 5. ResponsabilidadLa Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos (en adelante, DGGRS ), a través de la Dirección de Gestión y Manejo de residuos Sólidos (en adelante, DGMRS ), en su calidad de CT de la Estrategia, es responsable del cumplimiento, monitoreo y ejecución de la presente Estrategia. 6. Disposiciones Generales6.1. Siglas y principios6.1.1. Siglas- MINAM: Ministerio del Ambiente - MIDIS: Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MINJUSDH: Ministerio de Justicia de Derechos Humanos - MEF: Ministerio de Economía y Finanzas - OEFA: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - P65: Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 - RENIEC: Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil - INPE: Instituto Nacional Penitenciario - VMGA: Viceministerio de Gestión Ambiental - DGGRS: Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos - DGMRS: Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos - DIGRSC: Dirección de Instrumentos de Gestión de Residuos Sólidos y Circularidad - OCII: Ofi cina General de Comunicaciones e Imagen Institucional - OGPP: Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto - PFR: Padrón Final de Reciclados - LURF: Listado Único de Recicladores Formales - CT: Coordinación Técnica