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7 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2023 El Peruano / ,/dKϭ /ĚĞŶƚŝĨŝĐĂĐŝſŶĚĞ ďĞŶĞĨŝĐŝĂƌŝŽƐ;ŚĂƐƚĂůĂ ĂƉƌŽďĂĐŝſŶĚĞůW&ZͿ,/dKϮ ŶƚƌĞŐĂĚĞůĂƉŝƚĂů ^ĞŵŝůůĂ ŶƚƌĂĚĂĞŶǀŝŐĞŶĐŝĂ ĚĞůh ϯϬĚşĂƐĐĂůĞŶĚĂƌŝŽƐ ϯϬ͘ϭϭ͘ϮϬϮϯ ƉƌŽďĂĐŝſŶĚĞůĂ ĞƐƚƌĂƚĞŐŝĂ ĞƐĚĞůĂĂƉƌŽďĂĐŝſŶĚĞůW&ZŚĂƐƚĂĞůϯϭĚĞ ĚŝĐŝĞŵďƌĞĚĞϮϬϮϯ ϯϬĚşĂƐ ĐĂůĞŶĚĂƌŝŽƐ ƚĂƉĂĚĞĐŝĞƌƌĞʹĂůĂŶĐĞ &ŝŶĂŶĐŝĞƌŽD//^ ϯϭ͘ϭϮ͘ϮϬϮϯ ĞƐĚĞůĂƌĞĐĞƉĐŝſŶĚĞů W&ZŚĂƐƚĂŶŽǀŝĞŵďƌĞ ĚĞϮϬϮϯϯϬĚşĂƐĐĂůĞŶĚĂƌŝŽƐ ,/dKϯ DŽŶŝƚŽƌĞŽLJ ĐŽŵƉĂŹĂŵŝĞŶƚŽ ZĞŵŝƐŝſŶĚĞůW&ZĂů D//^ϭϬĚşĂƐ ĐĂůĞŶĚϮĚşĂƐ ŚĄďŝůĞƐ Fuente: MINAM conformes, por parte de los recicladores que integra el LURF aprobado por la DGGRS y/o sus modi fi catorias, podrán considerarse las solicitudes de los/las los recicladores/as mayores de edad registrados en el RNR hasta la fecha de publicación del DU Nº 026-2023 (13 de junio de 2023), previa veri fi cación de cumplimiento de los otros requisitos establecidos. La selección se realizará conforme al orden de prelación por la fecha y hora de presentación de la solicitud, hasta cubrir en lo posible el tope máximo establecido. Por otro lado, las etapas del presente hito son los siguientes: 7.5.1.1. ConvocatoriaLa convocatoria consta de cuatro (4) fases: a) Difusión de la Estrategia La difusión se realiza preferentemente través de medios de difusión masiva y de alcance nacional, como el Portal Web Institucional del MINAM y redes sociales. b) InscripciónLas inscripciones son formalizadas a través de la presentación del Anexo Nº 01.- Formato de Inscripción (adjunto a la presente), la misma que debe ser remitida al MINAM de forma virtual o presencial, a través de su mesa de partes 2 o correo electrónico a cargo de la DGMRS (capitalsemilla@minam.gob.pe ). El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, OEFA ) a través de sus O fi cinas Desconcentradas, y la Plataforma de Atención a la Ciudadanía del MINAM, brindarán el soporte técnico a los recicladores que los soliciten, en cuanto al llenado de Anexo Nº 01.- Formato de Inscripción y su remisión a través de los canales establecidos. c) Orientación y absolución de consultasEl MINAM, a través de la DGGRS, brindará orientación de las diferentes etapas de la Estrategia, a través de sus canales institucionales y mediante vía telefónica, a través 7.5.1. Hito 1: Identi fi cación de los recicladores bene fi ciarios En este hito se busca contar con un PFR, que comprende a los bene fi ciarios de la subvención económica y que será elaborada y aprobada por el MINAM (30 días calendario, contados desde la entrada en vigencia del Decreto de Urgencia). El PFR se aprueba teniendo como base al LURF, aprobado por la DGGRS, que compila la información remitida por los Gobiernos Locales al MINAM, en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal 2022, así como la información de los recicladores inscritos en el Registro Nacional de Recicladores (en adelante, RNR ) hasta el 31 de mayo de 2023. Además de ello, se debe considerar los siguientes criterios: 1. Los datos de los recicladores, que integran el LURF aprobado por la DGGRS y/o modi fi catorias, deberán ser congruentes entre sí, para ello se deberá realizar el cotejo masivo de datos, la misma que estará a cargo del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (en adelante, RENIEC ). 2. Los recicladores que integra el LURF aprobado por la DGGRS, para solicitar la subvención económica, deberán presentar la siguiente información: (a) Ficha de requerimiento de pago, (b) Ficha de datos del reciclador y (c) Declaración jurada de uso del capital semilla y otros, de acuerdo al Anexo Nº 01.- Formato de Inscripción (adjunto a la presente). 3. Los/las recicladores/as solicitantes que integran el LURF aprobado por la DGGRS y/o modi fi catorias, deberán contar con la mayoría de edad (18 años o más). En el caso de los ciudadanos extranjeros, además de la mayoría de edad, deberán contar con una situación migratoria regular (Acreditable con el Carnet de extranjería). 4. Los/las recicladores/as solicitantes, que integran el LURF aprobado por la DGGRS y/o modi fi catorias, no deberán ser bene fi ciarios de otras subvenciones económicas otorgadas a la fecha de aprobación del Decreto de Urgencia, en el presente año. 5. Excepcionalmente, En caso de no cubrirse el número máximo de 4350 de solicitudes de inscripción