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9 NORMAS LEGALES Domingo 23 de julio de 2023 El Peruano / Nº Etapas del proceso Periodo Área responsable Revisión, cotejo y selección 2Revisión de las solicitudes * Durante esta etapa se realiza la veri fi cación del cumplimiento de los requisitos del/de la solicitante, así como de la existencia de impedimentos conforme a lo previsto por el punto 7.4 de la presente estrategia. ** En caso se identi fi quen observaciones respecto a la presentación del Anexo Nº 01, éstas serán comunicadas al solicitante, mediante el correo electrónico capitalsemilla@ minam.gob.pe , debiendo subsanar las mismas dentro del plazo que dure la convocatoria. En el caso de las solicitudes ingresadas el último día para presentar las solicitudes de inscripción, la subsanación deberá ser realizada con un plazo máximo de dos días calendario (hasta el 04.08.2023). *** En caso de no cubrirse el número máximo de 4350 de solicitudes de inscripción conformes, por parte de los recicladores que integra el LURF aprobado por la DGGRS y/o sus modi fi catorias, podrán considerarse las solicitudes de los/las los recicladores/as mayores de edad registrados en el RNR hasta la fecha de publicación del DU Nº 026-2023 (13.07.2023), previa veri fi cación de cumplimiento de los otros requisitos establecidos. La selección se realizará conforme al orden de prelación por la fecha y hora de presentación de la solicitud, hasta cubrir en lo posible el tope máximo establecido.Del 24/07/2023 al 05/08/2023CTNº Etapas del proceso Periodo Área responsable 3Formulación del listado preliminar y elaboración de Informe de resultadosDel 06/08/2023 al 09/08/2023CT Aprobación del PFR 4 Aprobación y publicación del PFR Del 10/08/2023 al 13/08/2023SG Notas aclaratorias: - La difusión de la Estrategia se realizará a través de la página web del MINAM: www.gob.pe/minam y redes sociales durante todo el periodo de la etapa de la convocatoria, pudiendo ampliarse en caso esta amerite. - En caso se modi fi que los períodos de cada una de las etapas del proceso, esta será comunicada a través de la página web del MINAM: www.gob.pe/minam y redes sociales. - La evaluación se realizará conforme se realice el ingreso de expedientes, desde el primer día de habilitación para su presentación; siendo que, se consideran tres (03) días adicionales, posteriores a la culminación dicha etapa, para fi nalizar con la revisión de las solicitudes presentadas el último día de recepción de éstas, considerando la posibilidad de generar observaciones a las mismas. 7.5.2. Hito 2: Entrega de capital semilla En este hito se realiza las operaciones necesarias por el MIDIS a través del Programa Pensión 65, para la entrega de la subvención económica según los canales habilitados del Banco de la Nación (30 días calendario, contados desde la remisión del PFR por el MINAM). La línea de trabajo propuesta para el cumplimiento del presente Hito 2 es el siguiente: Fuentes: MIDIS 7.5.3. Hito 3: Monitoreo y acompañamiento El monitoreo y acompañamiento de la estrategia incluye la asistencia técnica a los recicladores, la cual se podrá realizar en coordinación con los gobiernos locales, para el desarrollo de sus actividades con el equipamiento y/o insumos adecuados y las gestiones administrativas y operativas de sus áreas de acondicionamiento que garanticen el cumplimiento de sus labores, así como el seguimiento oportuno de la implementación de este. En este hito, los recicladores bene fi ciarios deberán facilitar y contribuir al monitoreo y acompañamiento, programado por parte de la CT (funcionarios o terceros que actúen en su representación) de acuerdo al plan de trabajo, entregando elementos mínimos tales como fotografías u otros veri fi cadores grá fi cos de los bienes/ servicios adquiridos en el marco de la subvención económica, que permitan corroborar su correcta implementación.La CT debe mantener el control de la documentación presentada por los recicladores bene fi ciarios/as, a fi n de verifi car el avance y cumplimiento de la Estrategia y, de ser el caso que la Contraloría u otro órgano auditor lo requiera. Disposiciones complementariasPrimera .- Lo regulado en la presente Estrategia podrá ser complementado, a través de disposiciones aprobadas mediante Resolución Ministerial. Segunda .- En caso el/la solicitante brinde información y/o documentación falsa en el marco de este procedimiento, los actuados serán puestos en conocimiento del Ministerio Público. AnexosAnexo Nº 01.- Formato de Inscripción