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46 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de julio de 2023 El Peruano / Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Logística, O fi cina General de Finanzas y Ofi cina General de Asesoría Jurídica. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31638 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; Resolución de la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público Nº 026-2023-MP-FN-GG-OGFIN que aprueba la Directiva “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” en su versión 07; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Punta Cana, provincia La Altagracia, República Dominicana, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, a los señores que se detallan a continuación: Nombres y ApellidosCargoPeriodo de autorización Edgar Alfredo Rebaza VargasFiscal superior y jefe de la O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y ExtradicionesDel 26 al 28 de julio de 2023 Miguel Angel Girao IsidroGerente central del Despacho de la Fiscalía de la Nación Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de la O fi cina General de Logística y Finanzas, procedan con la adquisición de los pasajes aéreos internacionales en tarifa económica, la asignación de viáticos y seguro de viaje, conforme al detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (tarifa económica)Viáticos (3 días)Seguro de viaje Edgar Alfredo Rebaza VargasUS$ 1 688,00 US$ 1 161,00 US$ 60,00 Miguel Angel Girao IsidroUS$ 1 688,00 US$ 1 161,00 US$ 60,00 Artículo Tercero.- Precisar que, de acuerdo a lo señalado en los considerandos de la presente resolución, los viáticos otorgados serán para el desplazamiento en el lugar donde se realiza la comisión de servicios que no sean cubiertos por la organización y que se requiera para la realización de la citada comisión de servicios; teniendo en cuenta que conforme lo establecido en la Directiva “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” versión 07, aprobada mediante la Resolución de la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público Nº 026-2023-MP-FN-GG-OGFIN, los viáticos comprenden los gastos de alimentación, hospedaje y movilidad (hacia y desde el lugar de embarque), así como lo utilizado para desplazarse en el lugar donde se realiza la comisión de servicios, no pudiendo ser fraccionados como resulta ser en el presente caso. Artículo Cuarto.- Encargar, en adición a sus funciones, el despacho de la O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones, a la señora Ángela Olivia Arévalo Vásquez, fi scal provincial de la mencionada ofi cina, mientras dure la ausencia del titular. Artículo Quinto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, los señores mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el que se describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante la comisión de servicios materia de la presente resolución.Artículo Sexto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la O fi cina de Cooperación Judicial Internacional y Extradiciones de la Fiscalía de la Nación, Secretaría General de la Fiscalía de la Nación, Gerencia General, O fi cina General de Asesoría Jurídica, O fi cina General de Logística, O fi cina General de Finanzas, y a la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2199619-1 Dan por concluida designación de Fiscal Adjunto Supremo Titular en la Segunda Fiscalía Suprema Penal RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1808-2023-MP-FN Lima, 25 de julio de 2023VISTO: El o fi cio Nº 360-2023-PRE/JNJ, cursado por Imelda Julia Tumialán Pinto, Presidenta de la Junta Nacional de Justicia. CONSIDERANDO: A través del o fi cio de visto, se remite la Resolución de la Junta Nacional de Justicia Nº 116-2023-PLENO-JNJ, de fecha 14 de julio de 2023, mediante la cual se dispuso, entre otros, destituir al señor Sandro Mario Paredes Quiroz, por su actuación como fi scal adjunto supremo titular de la primera fi scalía suprema en lo penal del Ministerio Público. El artículo 2° de la Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, Ley Nº 30916, publicada el 19 de febrero del año 2019, establece la competencia material de la citada institución, pudiéndose apreciar entre ellas que el literal f) señala: “Aplicar la sanción de destitución a los jueces y fi scales, titulares y provisionales de todos los niveles (…)”. Asimismo, sobre la sanción disciplinaria de destitución, el artículo 45.1 de la referida Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, especí fi camente sus literales d) y e), indica “d) Contra la resolución que pone fi n al procedimiento solo cabe recurso de reconsideración, siempre que se acompañe nueva prueba instrumental dentro de un plazo de cinco (5) días útiles contados a partir del día siguiente de recibida la noti fi cación; e) Las resoluciones de destitución se ejecutan en forma inmediata, para que el miembro no desempeñe función judicial o fi scal alguna, desde el día siguiente de la publicación de la resolución en la página web institucional de la Junta Nacional de Justicia o la noti fi cación en forma personal en el domicilio consignado o en el correo electrónico autorizado por el miembro destituido, lo que ocurra primero. La interposición del recurso de reconsideración no suspende la ejecución de la resolución de destitución. El plazo para resolver el recurso de reconsideración es de sesenta días calendario”. Mediante Resolución Nº 008-2020-JNJ, de fecha 22 de enero del año 2020, se aprobó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, cuyo artículo 67° señala: “Procede aplicar la sanción de destitución de los/las jueces/juezas y Fiscales Supremos; y, de o fi cio o a solicitud de la autoridad que corresponda, a los/las jueces/juezas y Fiscales de los demás niveles, especialidades y condición (…)”. El artículo 68° indica: “La destitución conlleva la cancelación del título de juez/jueza o Fiscal, según corresponda. El/la magistrado(a) destituido no puede reingresar a la carrera judicial o fi scal”. Conforme a las disposiciones glosadas, se establece que la Junta Nacional de Justicia, como organismo