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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (30/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / Prevención del Delito de Lima, del Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Lima. Artículo Décimo Quinto.- Nombrar a la abogada Mónica Fiorela Cuadros Martínez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Despacho de la Quinta Fiscalía Provincial de Prevención del Delito de Lima, con reserva de su plaza de origen. Artículo Décimo Sexto.- Nombrar al abogado Severo Ricardo Silva Vásquez, como Fiscal Adjunto Superior Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, con retención de su cargo de carrera. Artículo Décimo Séptimo.- Disponer que los nombramientos y designaciones señalados en los artículos décimo tercero y décimo quinto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Décimo Octavo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo décimo sexto, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de septiembre de 2023, en mérito a lo dispuesto por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos N.º 009-2020-MP-FN-JFS, y a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Décimo Noveno.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2191780-1 Designan fiscales en el Distrito Fiscal de Puno RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1546-2023-MP-FN Lima, 28 de junio de 2023VISTO:El o fi cio N.º 317-2023-PRE/JNJ, suscrito por la abogada Imelda Julia Tumialán Pinto, Presidenta de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 27 de junio de 2023, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N.º 514-2023-JNJ, de fecha 21 de junio de 2023. CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución de visto, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco de la Convocatoria N.º 010-2021-SN/JNJ, se nombró, entre otros, un (01) Fiscal Adjunto Superior Titular Mixto de Huancané, del Distrito Fiscal de Puno. Que, con fecha 26 de junio de 2023, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, a la abogada Yvette Mirian Quispe Cruz.Que, el numeral 3 del artículo 65º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N.º 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N.º 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley N.º 30483, también modi fi cada mediante Ley N.º 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150º y 154º de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar a la fi scal titular en su respectivo Despacho Fiscal, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente su plaza, teniendo en cuenta para ello la propuesta de designación efectuada por el abogado Germán Apaza Paricahua, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Puno, a través del o fi cio N.º 1953-2023-MP-FN-PJFSPUNO. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158º y 159º de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Yvette Mirian Quispe Cruz, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno, así como la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 1724-2017-MP-FN y 765-2023-MP-FN, de fecha 25 de mayo de 2017 y 30 de marzo de 2023, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Roger Blademir Jara Ccallo, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Superior Mixta de Huancané e Itinerante, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 3707-2015-MP-FN, de fecha 07 de agosto de 2015. Artículo Tercero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Mónica Yudy Santa Cruz Mamani, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Puno, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Chucuito - Juli, así como su destaque para que preste apoyo al Despacho de la Fiscalía