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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2023 (30/06/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 30 de junio de 2023 El Peruano / relacionados en materia de autoempleo, adecuándolos al modelo conceptual aprobado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO VARELA BOHÓRQUEZ Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 2191776-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Autorizan viajes de inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a México y Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 799-2023-MTC/01.02 Lima, 27 de junio de 2023 VISTOS: El Memorando N° 0594-2023-MTC/12.04 y el Informe N° 0175-2023-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, y el Informe N° 0228-2023-MTC/12 de la Dirección General de Aeronáutica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, regulan las autorizaciones de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; estableciendo que los viajes al exterior que realicen; entre otros, los servidores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se autorizan mediante Resolución Ministerial del Sector, la que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y sus normas reglamentarias; Que, el artículo 11 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene amplias facultades para supervisar e inspeccionar todas las actividades aeronáuticas civiles, sean éstas realizadas por personas naturales o personas jurídicas, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas; para lo cual, los explotadores están obligados a permitir y facilitar a la citada Dirección General, el cumplimiento de sus funciones, las que se llevan a cabo a través de inspectores debidamente identi fi cados; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil, está facultado para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil, en armonía con los convenios internacionales de aviación civil y la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, con Memorando N° 0594-2023-MTC/12.04, la Dirección de Seguridad Aeronáutica aprueba el Programa de Vigilancia para el mes de julio de 2023, propuesto por la Coordinación Técnica de Aeronavegabilidad, el cual contiene el calendario de inspecciones a realizarse en las estaciones de líneas internacionales; Que, mediante Informe N° 0228-2023-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil remite las Órdenes de Inspección N° 0900-2023-MTC/12.04 y N° 0901-2023-MTC/12.04, así como, el Informe N° 0175-2023-MTC/12.04 de su Dirección de Seguridad Aeronáutica, siendo que, a través de este último, sustenta y solicita la autorización de viajes en comisión de servicios de los inspectores de la citada Dirección General, para realizar inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A.; Que, a través del citado Informe N° 0175-2023- MTC/12.04, la Dirección de Seguridad Aeronáutica precisa que la participación de los profesionales de la Dirección General de Aeronáutica Civil en las inspecciones técnicas de vigilancia antes indicadas, resultan de interés institucional toda vez que permite realizar a través de su personal, la supervisión de las operaciones aéreas de los explotadores aéreos en el marco de sus competencias, a fi n de garantizar que dichas actividades se desarrollen de acuerdo a las reglamentaciones aeronáuticas correspondientes, permitiendo que el servicio de transporte aéreo con fi nes comerciales que se ofrece al usuario, sea seguro y confi able; señalando además que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 0000007454; Que, por lo expuesto, corresponde autorizar los viajes en comisión de servicios de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil, sustentados en los Informes N° 0175-2023-MTC/12.04 y N° 0228-2023-MTC/12 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica y la Dirección General de Aeronáutica Civil respectivamente; para que, en cumplimiento de las funciones que establece la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, realicen las inspecciones técnicas de vigilancia de las estaciones de línea de la empresa LATAM AIRLINES PERU S.A., conforme a lo señalado en las Órdenes de Inspección N° 0900-2023-MTC/12.04 y N° 0901-2023-MTC/12.04; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil; la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueba Normas Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar los viajes en comisión de servicios de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para realizar inspecciones técnicas de vigilancia, conforme se detalla a continuación: - El señor JORGE ROSENDO CUÉLLAR GONZALES, a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, del 5 al 7 de julio de 2023. - El señor WALTER JUAN BERNARDO ESTREMADOYRO CABRERA, a la ciudad de Mendoza, República Argentina, del 6 al 8 de julio de 2023. Dichos viajes se realizan según el detalle de actividades consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que demanden los viajes autorizados precedentemente, serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo con el Anexo