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10 NORMAS LEGALES Sábado 4 de marzo de 2023 El Peruano / VISTOS; el Informe N° 000080-2023-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000319-2023-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 004-2018- MC, se crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, con el objeto de formular la Agenda de Conmemoración del Bicentenario de la Independencia del Perú, y ejecutar, articular y dar seguimiento a las acciones requeridas para dicha conmemoración, con alto valor simbólico para el ejercicio de una ciudadanía democrática y de fortalecimiento de la identidad nacional; Que, con el Decreto Supremo N° 016-2020-MC, se aprueba el cambio de dependencia del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Cultura; Que, el artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, aprobado por la Resolución Ministerial N° 018-2020-PCM y modi fi catorias, establece que el Proyecto Especial está a cargo de un/a Director/a Ejecutivo/a, designado/a por Resolución Ministerial del Ministerio de Cultura; Que, conforme al reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, aprobado por la Resolución de Secretaría General N° 000176-2021-SG/MC, el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial es considerado de con fi anza; Que, encontrándose vacante el cargo de Director/a Ejecutivo/a del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú, resulta necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; Con las visaciones de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Decreto Supremo N° 004-2018-MC, que crea el Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor JUAN ANTONIO SILVA SOLOGUREN en el cargo de Director Ejecutivo del Proyecto Especial Bicentenario de la Independencia del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Cultura 2156933-1 Rectifican error material contenido en la R.D. N° 000170-2022-DGPA/MC, que determinó la protección provisional del sitio arqueológico Patán Coto Sectores 1 y 2, ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000036-2023-DGPA/MC San Borja, 28 de febrero del 2023Vistos, el Memorando N° 000003-2023/DDC JUN/ MC y Memorando N° 000114-2023/DDC JUN/MC de la Direciona Desconcentrada de Cultura Junín, el Informe N° 000158-2023/DSFL/MC de la Dirección de Catastro y Saneamento Físico Legal; el Informe N° 000032-2023-DGPA-ARD/MC del área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Directoral N° 000170-2022- DGPA/MC de fecha 27 de diciembre de 2022, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble resolvió determinar la protección provisional del Sitio Arqueológico Patán Coto Sectores 1 y 2 ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante Memorando N° 000003-2023/DDC JUN/MC de fecha 03 de enero de 2023 y Memorando N° 000114-2023/DDC JUN/MC de fecha 16 de febrero de 2023, la Dirección Desconcentrada de Cultura Junín señala se recti fi que los datos técnicos comprendidos en la Resolución Directoral Nº 000170-2022-DGPA/MC de fecha 27/12/2022 que determinó la protección provisional del Sitio Arqueológico de Patán Coto Sectores 1 y 2, ubicado entre los distritos de San Agustín de Cajas y Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante Informe N° 000158-2023/DSFL/ MC de fecha 16 de febrero de 2023, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal remite el Informe N° 000050-2023/DSFL-NGC/MC de la misma fecha por el cual concluye que se debe recti fi car los datos técnicos consignados en la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC; Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del TUO de la LPAG establece que “Los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancias de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, asimismo, el numeral 212.2 del TUO de la LPAG precisa que “La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original”; Que, el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble indica en el Informe N° 000032-2023-DGPA-ARD/MC de fecha 20 de febrero de 2023, que se ha presentado un error material en el Artículo Primero de la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC en lo que respecta al cuadro de datos técnico del sector 2 del Sitio Arqueológico Patán Coto, identi fi cable con el solo cotejo de los datos que obran en el expediente administrativo y que no afecta el sentido de la decisión contenida en la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC; Que, estando a lo informado por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y el área legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, se advierte que el error material detectado no altera lo sustancial del acto administrativo recaído en la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC de fecha 27 de diciembre de 2022, por lo que corresponde su recti fi cación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y demás normas modi fi catorias, reglamentarias y complementarias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECTIFICAR el error material contenido en el Artículo Primero de la Resolución Directoral N° 000170-2022-DGPA/MC de fecha 27 de diciembre de 2022, que determinó la protección provisional del sitio