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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2023 (15/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2023 El Peruano / ha) y perímetro de 1308.57 metros, y el Sector II con un área de 8285.08 m² o (0.8285 ha) y perímetro de 429.74 metros; Que, con el Informe N° 000135-2020-DSFL-MDR/ MC se informa sobre los resultados del procedimiento de actualización del bien inmueble prehispánico “Cerro Macatón Sectores I y II” ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, habiéndose identi fi cado que los formatos del expediente técnico aprobado por la Resolución Directoral Nacional N° 190/INC no se encuentran acordes con los modelos actualizados aprobados mediante la Resolución Directoral Nacional N° 452/INC, así como la existencia de un desfase en los vértices de los polígonos de los Sectores I y II del referido sitio arqueológico; para ello, se elaboró el expediente de actualización de información catastral compuesto por: i) Expediente de Declaratoria: Ficha de Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación, Ficha O fi cial de Inventario de monumentos arqueológicos prehispánicos y Ficha de Registro Fotográ fi co; y ii) Expediente técnico de actualización de información catastral compuesto por el plano perimétrico código PP-018-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84, Memoria Descriptiva y Ficha Técnica, con un área de 60 743.15 m 2 correspondiente al Sector I y un área de 8 370.91 m2 correspondiente al Sector II; Que, según el diagnóstico físico legal contenido en el Informe N° 000238-2022-DSFL-CPL/MC se analizaron las partidas indicadas en el Certi fi cado de Búsqueda Catastral Publicidad N° 2132473 expedido el 23 de junio de 2021 por la O fi cina Registral de Huaral, Zona Registral N° IX- Sede Lima, concluyendo que los Sectores I y II del Sitio Arqueológico Cerro Macatón no se superponen a derechos de propiedad y son de libre disponibilidad; asimismo, los polígonos no se superponen a fajas marginales, concesiones mineras, áreas de conservación, ni áreas naturales protegidas, elaborando el Plano Temático con código PTEM-077-MC_DGPA-DSFL-2022 PSAD56; Que, la Dirección de Certi fi caciones mediante el Memorando N° 001117-2022-DCE/MC señala que no se han emitido Certi fi cados de Inexistencia de Restos Arqueológicos en Super fi cie – CIRAS sobre el área del plano PP-018-MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84; Que, a través de los Informes N° 000135-2020- DSFL/MC, N° 000238-2022-DSFL-CPL/MC, N° 000005-2023-DSFL-MVE/MC y N° 000138-2023-DSFL/MC, la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, en uso de las facultades previstas en los numerales 62.7, 62.8 y 62.9 del artículo 62 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, sustenta y recomienda la aprobación del expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II” ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; Que, con el Memorando N° 000241-2023-DGPA/MC y el Informe N° 000075-2023-DGPA/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble en uso de las facultades previstas por el numeral 59.2 del artículo 59 del ROF, emite opinión favorable para la aprobación del expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II” ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo Nº 005-2013- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 011-2022- MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Intervenciones Arqueológicas; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Expediente de Declaratoria del Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II” ubicado en el distrito y provincia de Huaral, departamento de Lima, compuesto por la Ficha de Declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación, la Ficha O fi cial de Inventario de monumentos arqueológicos prehispánicos y la Ficha de Registro Fotográ fi co, de acuerdo con los datos que se consignan en el siguiente cuadro: Departamento Lima Provincia Huaral Nombre del Sitio ArqueológicoDistrito SectorDatum WGS84 Zona 18 S UTM Este UTM Norte Cerro Macatón HuaralI 258721.4018 8724857.6918 II 258697.6057 8724768.4025 Artículo 2.- Aprobar el expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II”, compuesto por la memoria descriptiva, la fi cha técnica y el plano perimétrico, según los datos técnicos que se detallan a continuación: Nombre del Sitio Arque- ológicoNúmero de plano en Datum WGS84 Zona 18SSectorÁrea (m2)Área (ha)Perímetro (m) Cerro MacatónPP-018_MC_DGPA-DSFL-2020 WGS84I 60743.15 6.0743 1258.33 II 8370.91 0.8371 429.83 Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal la primera inscripción de dominio de las áreas sin antecedentes registrales a favor del Estado, representado por el Ministerio de Cultura; realizar su actualización en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal – SINABIP; y la inscripción de la condición de Patrimonio Cultural de la Nación ante la O fi cina Registral de Huaral, Zona Registral N° IX-Sede Lima, respecto del expediente técnico aprobado en el artículo 2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros colindantes que pudiese afectar o alterar al Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II”, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 5.- Remitir copia certi fi cada de la presente resolución y el expediente técnico de actualización de información catastral del Sitio Arqueológico “Cerro Macatón Sectores I y II” al Gobierno Regional de Lima, a la Municipalidad Provincial de Huaral, a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y a la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural para conocimiento y a efectos de que el citado sitio arqueológico sea considerado dentro de los planes de ordenamiento territorial que se desarrollen. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2159779-1 DEFENSA Designan Secretaria General del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 00017-2023-CENEPRED/J San Isidro, 14 de marzo del 2023