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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2023 (15/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2023 El Peruano / Que, en consecuencia y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Directiva N° 001-2017-EF/43.01, Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada con Resolución Ministerial N° 493-2017-EF/43; SE RESUELVE:Artículo 1 .- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Luis Bacigalupo Vargas, Jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 16 al 20 de marzo de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2 .- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución, son con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes aéreos : US $ 695,00 Viáticos (4) : US $ 1 260,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2160251-1 ENERGÍA Y MINAS Otorgan concesión eléctrica rural a favor de HIDRANDINA para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en el departamento de Áncash RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0200-2022/MINEM-DGE Lima, 9 de noviembre de 2022VISTO: El Expediente Nº 65395520 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la obra “Electri fi caciones Rurales en las provincias de Casma, Huarmey, Huaylas, Pallasca, Santa y Yungay” (en adelante, la OBRA), presentada por la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio S.A. (en adelante, HIDRANDINA); y, el Informe Nº 527-2022-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección de Concesiones Eléctricas; CONSIDERANDO:Que, mediante carta GT-599-2020 con Registro Nº 3083920 presentada el 14 de octubre de 2020, complementada con cartas GT-780-2020 con Registro Nº 3104029, de fecha 17 de diciembre de 2020, y GT-788-2020 con Registro Nº 3104319, de fecha 18 de diciembre de 2020, HIDRANDINA solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la OBRA, que comprende setenta y cinco (75) zonas, ubicadas en los distritos de Buena Vista Alta, Yautan y Casma, provincia de Casma; Huarmey, provincia de Huarmey; Pamparomas, provincia de Huaylas; Bolognesi y Conchucos, provincia de Pallasca; Cáceres del Perú, Chimbote, Macate, Moro y Nepeña, provincia de Santa; Cascapara y Quillo, provincia de Yungay; departamento de Ancash, cuyas coordenadas UTM fi guran en el Expediente Nº 65395520; Que, HIDRANDINA ha presentado copia de veintitrés (23) resoluciones emitidas por la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Ancash, mediante las cuales se aprueban los instrumentos ambientales de cada uno de los veintitrés (23) proyectos conformantes de la OBRA; así como copias de diecinueve (19) resoluciones directorales, mediante las cuales la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas otorga la Cali fi cación como Sistemas Eléctricos Rurales a cada uno de los veintitrés (23) proyectos conformantes de la OBRA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM; Que, según el Informe de Vistos, la Dirección de Concesiones Eléctricas, en el marco de sus competencias, ha veri fi cado que HIDRANDINA ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y los artículos 48 al 52 de su Reglamento, por lo que recomienda otorgar la Concesión Eléctrica Rural para la OBRA, a favor de HIDRANDINA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28749, Ley General de Electri fi cación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2020-EM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de HIDRANDINA la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en la OBRA, en los términos y condiciones establecidos en la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, conforme a las especi fi caciones obrantes en el expediente: Item Localidad (zona) Departamento Provincia Distrito 1 7 HUACAS ANCASH SANTA MORO2 ALPAQUITA ANCASH YUNGAY QUILLO 3 AMP. CUTCO ANCASH SANTACACERES DEL PERU 4 AMP. HUACATAMBO ANCASH SANTA NEPEÑA5 BARRIO OBRERO ANCASH PALLASCA BOLOGNESI6 BOCON ANCASH SANTA MACATE 7 CAJÓN ANCASH SANTACACERES DEL PERU 8 CALLA LA BOCA ANCASH SANTA MORO 9 CAMPANACOTO ANCASH SANTA MACATE