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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2023 (21/03/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Martes 21 de marzo de 2023 El Peruano / rector a nivel nacional para la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y procedimientos son de fi nidos en su Reglamento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nacionales, entidades de fi scalización ambiental y/o los gobiernos regionales, según sea el caso; Que, según lo dispuesto en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM (en adelante, el Reglamento), se considera como causales para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos el potencial riesgo para la salud de las personas y el cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, respectivamente; Que, el artículo 126 del Reglamento señala que el Ministerio del Ambiente, de o fi cio o a pedido de parte, evalúa la procedencia de la Declaratoria de Emergencia; en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración y actividades mínimas que permitan atender la citada emergencia, el mismo que no deberá exceder de sesenta (60) días, prorrogables por cuarenta y cinco (45) días; y, las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrán la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergencia; Que, el artículo 127 del Reglamento indica que las municipalidades y otras entidades públicas, según corresponda, adoptan acciones complementarias para garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos, y que el Ministerio del Ambiente realiza el seguimiento del cumplimiento de las referidas acciones complementarias; Que, el literal f) del artículo 106 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, establece que la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos tiene la función de proponer la declaratoria de emergencia de la gestión y manejo de los residuos sólidos, así como conducir el seguimiento y monitoreo de los compromisos para la atención de la declaratoria de emergencia; Que, en este contexto, mediante O fi cio Nº 005-2023- ALC/MDCHH, la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar solicita al Ministerio del Ambiente la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de residuos sólidos, por las causales de potencial riesgo para la salud de las personas y el cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, conforme a lo establecido en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento; para cuyo efecto remite el Informe Nº 015-2023-MDCHH/GSP/LPyTRS/YVBG, emitido por la Jefatura del Área de Limpieza Pública y Tratamiento de Residuos Sólidos de dicho gobierno local y el O fi cio Nº 042-23/R-A/RED DE SALUD C-SUR-Hi/M-CHAVIN/.UP, emitida por la Micro Red Chavín, de la Red de Salud Conchucos Sur, de la Dirección Regional de Salud Ancash, a través de los cuales informa la situación de las operaciones de barrido y limpieza de espacios públicos, recolección y transporte de residuos sólidos en el distrito de Chavín de Huántar; así como, de la disposición fi nal de los residuos sólidos; Que, mediante Memorando Nº 00249-2023-MINAM/ VMGA/DGRS la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos remite el Informe Nº 00074-2023-MINAM/VMGA/DGRS/DGMRS de la Dirección de Gestión y Manejo de Residuos Sólidos, en el cual se concluye que, en base al análisis de la información presentada por la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar y la Microred Chavín de la Red de Salud de Conchucos Sur, se evidencia que la operación de disposición fi nal de los residuos sólidos municipales en el distrito de Chavín de Huántar se ejecuta de manera inadecuada y no es contínua, siendo un riesgo para la salud de los trabajadores de la municipalidad involucrados en la operación y la población ATENCIÓN COMERCIAL Av. Alfonso Ugarte N° 873 - Lima Central Telefónica: (01) 315-0400 www.elperuano.pe Suscríbete al Diario Oficial AA 975 479 164 • Directo: (01) 433-4773 suscripciones@editoraperu.com.pePLAN IMPRESO + DIGITALObtén la informaciónoficial del Estado,acompañada desuplementosespecializados