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21 NORMAS LEGALES Martes 21 de marzo de 2023 El Peruano / Que, de conformidad con el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012, la Entidad, mediante Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modi fi caciones al Presupuesto Analítico de Personal – PAP, previo informe favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal; Que, mediante memorándum (OPP) N° OPP00386/2023, de 22 de febrero de 2023, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable respecto de la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2023; Que, en virtud de los argumentos expuesto, resulta necesario aprobar el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio de Relaciones Exteriores correspondiente al ejercicio presupuestal 2023, como instrumento indispensable de la gestión institucional, para la ubicación de las plazas y el presupuesto del personal de esta institución, a fi n que sea posible realizar las acciones necesarias relativas al personal, en el marco de las normas del respectivo ejercicio presupuestal; Con los visados de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asuntos Legales; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el numeral 1 de la Segunda Disposición Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto de Urgencia N.º 044-2021, que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; el Decreto Supremo N° 135 2010- RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores y, la Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01, que aprueba la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modi fi cación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Se aprueba el Presupuesto Analítico de Personal - PAP del Ministerio de Relaciones Exteriores, correspondiente al ejercicio presupuestal del año 2023, documento que, en Anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Remisión Se remite copia de la presente Resolución Ministerial y de su Anexo a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3.- Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores (www.gob.pe/rree), en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal de Transparencia (www.transparencia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2161720-1SALUD FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 312-2023/MINSA Mediante O fi cio Nº D001022-2023-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 312-2023/MINSA, publicada en la edición del día domingo 19 de marzo del 2023.ç En la fecha:DICE:“Lima, 17 de marzo del 2023”DEBE DECIR:“Lima, 18 de marzo del 2023” 2161926-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Acreditan a representante alterno de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 138-2023-TR Lima, 20 de marzo de 2023 VISTOS: la Carta CONFIEP GG-117/2023 de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas – CONFIEP de fecha 13 de marzo de 2023; la Hoja de Elevación N° 0026-2023-MTPE/1/27 de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Informe N° 0280-2023-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, modi fi cada por la Ley N° 30222, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado entre otros, por cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP); Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de la CONFIEP es efectuada mediante resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de la referida organización, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable; Que, el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 320-2016-TR y modi fi cado por Resolución Ministerial N° 298-2020-TR, establece en el artículo 22 que cada representante podrá acreditar un