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6 NORMAS LEGALES Martes 21 de marzo de 2023 El Peruano / aledaña; por lo que se con fi gura las causales previstas en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento, correspondiendo declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el referido distrito, por un plazo de sesenta (60) días calendario; Que, de igual manera, en el precitado informe se indica que la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar, en un plazo máximo de siete (7) días hábiles contados desde la emisión de la Declaratoria de Emergencia, debe elaborar un Plan de Acción actualizado, el cual contemplará, entre otras, las actividades que se desarrollarán para continuar atendiendo la problemática identi fi cada, así como los responsables de su ejecución; Que, en ese sentido, se con fi gura el supuesto para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Ancash, por las causales de potencial riesgo para la salud de las personas y de cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, en el marco de lo establecido en los literales a) y e) del artículo 125 del Reglamento; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Legislativo Nº 1278, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos, el Decreto Supremo Nº 014-2017-MINAM, que aprueba la Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos; y, la Resolución Ministerial Nº 167-2021-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE:Artículo 1.- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Ancash, por el potencial riesgo para la salud de las personas y al cese total o parcial de las operaciones de manejo de residuos sólidos, por un plazo de sesenta (60) días calendario, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar elabore un Plan de Acción, el cual contemplará, entre otras, las actividades que se desarrollarán para atender la problemática identi fi cada; señalando a los responsables de su ejecución. El citado Plan deberá ser remitido a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del Ministerio del Ambiente en un plazo máximo de siete (7) días hábiles, contados desde la vigencia de la presente Resolución Ministerial, además de informar semanalmente los avances en la ejecución de las actividades programadas en dicho Plan de Acción. Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad Provincial de Huari, el Gobierno Regional de Ancash y las entidades públicas correspondientes, adopten las acciones complementarias que coadyuven a atender la problemática identi fi cada, con la fi nalidad de garantizar la continuidad en el manejo de los residuos sólidos en el distrito de Chavín de Huántar, provincia de Huari, departamento de Ancash, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 128 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1278. Artículo 4.- El Ministerio del Ambiente brindará asistencia técnica a la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar durante el desarrollo de las actividades para la implementación del Plan de Acción al que se hace referencia en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en el marco de sus competencias. Artículo 5.- La declaratoria de emergencia dispuesta en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no exime de las responsabilidades a que hubiere lugar por la inobservancia de funciones por parte de los servidores civiles de la Municipalidad Distrital de Chavín de Huántar. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente, en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2161690-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 088-2023-MINCETUR Lima, 17 de marzo de 2023VISTO, el O fi cio N° 000240-2023-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; y, CONSIDERANDO:Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, se ha previsto la participación de PROMPERÚ, conjuntamente con empresas peruanas exportadoras del sector industria de videojuegos, en la feria internacional “Game Developers Conference” a realizarse en la ciudad de San Francisco, Estado de California, Estados Unidos de América, del 20 al 24 de marzo de 2023, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de videojuegos; Que, es importante la participación de PROMPERÚ en esta feria, por ser una de las más importantes a nivel mundial para profesionales de la industria del videojuego, lo que permitirá promocionar la oferta exportable de videojuegos, explicar las fortalezas que tiene la industria del país, además de identi fi car a los principales stakeholders tales como publishers y distribuidores asistentes al evento y generar contactos comerciales; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de la señora Rina Gabriela Natalia Cárdenas Paz, quien labora en la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, para que en representación de PROMPERÚ, realice acciones de promoción de las exportaciones que coadyuven al cumplimiento de los objetivos de la participación en la referida feria; Que, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los