TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Domingo 7 de mayo de 2023 El Peruano / Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Ricardo Velásquez Ramírez como Secretario General del Ministerio de Energía y Minas, puesto considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2175427-1 INTERIOR Conforman Grupo Especial encargado de elaborar un informe que contenga el diagnóstico del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú y alternativas de solución para la mejora en la atención de sus beneficiarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0591-2023-IN Lima, 5 de mayo de 2023CONSIDERANDO:Que, los artículos 3 y 5 del Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establecen que, el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú, a los Organismos Públicos y al Fondo de Aseguramiento adscrito a él; asimismo, se dispone que el Ministerio del Interior tiene entre sus funciones especí fi cas, “(…) supervisar y evaluar la provisión de servicios que se brindan a través de los establecimientos de salud y escuelas a cargo de la Policía Nacional del Perú”; así como, “(…) supervisar y evaluar la implementación del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú - SALUDPOL, en el marco de las normas de aseguramiento universal en salud”; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, y modi fi catorias, se adecúa el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL) a los alcances de la normatividad vigente, reconociéndose su personería jurídica de derecho público adscrita al Ministerio del Interior; otorgándole autonomía técnica, administrativa, económica, fi nanciera, presupuestal y contable; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1175, Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú, se regula el régimen de salud del personal policial y familiares derechohabientes; asimismo, se norma la organización, competencias, funciones, fi nanciamiento, niveles de coordinación y relación organizacional con las diferentes unidades orgánicas de la Policía Nacional del Perú y entidades de salud del sector público y privado o mixtas; Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1175, establece que los bene fi ciarios del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú tienen derecho a acceder a un conjunto de prestaciones de salud de carácter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitación, en condiciones adecuadas de e fi ciencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad, a través de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) y la disponibilidad de fi nanciamiento de la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS) de la Policía Nacional del Perú; Que, asimismo, el artículo 7 de la referida norma, señala que son componentes del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú: a) la Dirección Ejecutiva de Sanidad de la Policía Nacional del Perú (ahora, Dirección de Sanidad Policial); y b) las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de la Policía Nacional del Perú (IPRESS PNP); asimismo, se establece que SALUDPOL es una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de administrar los fondos destinados al fi nanciamiento de prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de salud a sus bene fi ciarios; Que, uno de los aspectos prioritarios para el Sector Interior es la mejora de la calidad de vida, el bienestar y salud del personal de la Policía Nacional del Perú, así como de sus familiares; en ese sentido, con el propósito de mejorar la calidad de la atención que se viene brindando a los bene fi ciarios del régimen de salud de la Policía Nacional del Perú, resulta necesario realizar una evaluación de la operatividad y administración de las instituciones encargadas de brindar las prestaciones de salud y del fi nanciamiento de las mismas; Que, bajo dicho contexto, resulta pertinente conformar un Grupo Especial encargado de elaborar un informe que contenga el diagnóstico sobre la situación actual del régimen de salud de la Policía Nacional del Perú; Con los visados del Despacho Viceministerial de Orden Interno, del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, de la O fi cina General de Administración y Finanzas, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1174, Ley del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Legislativo Nº 1175, Ley del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1. Conformación de Grupo Especial Conformar el Grupo Especial encargado de elaborar un informe que contenga el diagnóstico del Régimen de Salud de la Policía Nacional del Perú y alternativas de solución para la mejora en la atención de sus bene fi ciarios, el cual se encuentra integrado por: • Un/a representante del Gabinete de Asesores del Ministerio del Interior, quien lo preside. • Un/a representante del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior. • Un/a representante del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. • Un/a representante de la Secretaría General del Ministerio del Interior. • Un/a representante del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú (SALUDPOL). • Un/a representante de la O fi cina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior. • Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Interior. • Un/a representante del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú. • Un/a representante de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú. • Un/a representante de la Dirección de Sanidad Policial de la Policía Nacional del Perú. • Un/a representante de la Dirección de Administración de la Policía Nacional del Perú. • Un/a representante de la Dirección de Asesoría Jurídica de la Policía Nacional del Perú.