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6 NORMAS LEGALES Miércoles 1 de noviembre de 2023 El Peruano / PODER EJECUTIVO AMBIENTE Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente RESOLUCIÓN SUPREMA N° 022-2023-MINAM Lima, 31 de octubre de 2023CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30224 se crea el Sistema Nacional para la Calidad (SNC) y el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), el mismo que, de conformidad con el artículo 9 de la referida norma, es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; asimismo, se constituye en el ente rector y máxima autoridad técnico-normativa del SNC, responsable de su funcionamiento en el marco de lo establecido en la señalada Ley; Que el numeral 13.1 del artículo 13 de la citada Ley, modi fi cado por la Ley N° 30884, Ley que regula el plástico de un solo uso y los recipientes o envases descartables, establece que el Consejo Directivo del INACAAL está integrado por nueve (9) miembros, entre ellos, un representante del Ministerio del Ambiente; Que, el numeral 13.4 del artículo 13 de la mencionada Ley, señala que los representantes del Sector Público que integran el Consejo Directivo del INACAL son designados mediante Resolución Suprema refrendada por el Titular del Sector correspondiente, por un período de cuatro (4) años, pudiendo ser designado por un período adicional; Que, mediante Resolución Suprema N° 010-2023-MINAM, se rati fi ca con e fi cacia al 26 de enero de 2023, la designación de la señora Giuliana Patricia Becerra Celis, Viceministra de Gestión Ambiental, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente; Que, la citada funcionaria ha presentado su renuncia al cargo señalado en el párrafo precedente, por lo que resulta procedente aceptar la misma y designar al representante del Ministerio del Ambiente ante el citado Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, La Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba la Sección Única del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por la señora Giuliana Patricia Becerra Celis, como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, en representación del Ministerio del Ambiente. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por la Ministra del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ALBINA RUIZ RÍOS Ministra del Ambiente 2230717-13 Modifican la R.M. N° 055-2023-MINAM que delegó facultades y atribuciones en diversos/as funcionarios/as y servidores/as del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 327-2023-MINAM Lima, 30 de octubre de 2023 VISTOS: el Memorando N° 01119-2023-MINAM/SG/ OGA de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 00266-2023-MINAM/SG/OGA/OF de la O fi cina de Finanzas; el Memorando N° 01097-2023-MINAM/SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 00172-2023-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 00632-2023-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, mediante Resolución Ministerial N° 055-2023-MINAM, el Titular del Ministerio del Ambiente delega facultades y atribuciones en diversas unidades de organización de la entidad, para el Año Fiscal 2023; Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2021- EF/51.01, modi fi cada por Resolución Directoral N° 014- 2021-EF/51.01, la DGCP aprueba la Directiva N° 003-2021-EF/51.01 “Lineamientos Administrativos para la Depuración y Sinceramiento Contable de las Entidades del Sector Público y Otras Formas Organizativas No Financieras que administren Recursos Públicos”; como parte del proceso gradual de implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público; Que, los numerales 5.8 y 5.9 de la citada Directiva, señala que, el Titular de la Entidad aprueba mediante resolución los resultados de los avances de la ejecución del PDS dentro de los diez (10) días calendario siguientes al plazo máximo de presentación de información fi nanciera y presupuestaria de periodo semestral. Dichas resoluciones serán remitidos a la Dirección General de Contabilidad Pública, según los plazos que establecen las Normas de Depuración y Sinceramiento; así mismo, establece que, el Titular de la Entidad mediante resolución declara la culminación del proceso de depuración y sinceramiento contable, el que está sustentado en el informe fi nal presentado por la Comisión de Depuración y Sinceramiento y sus anexos; Que, el artículo 2 de la Resolución Directoral Nº 004-2023-EF/51.01, modi fi ca la Primera Disposición Complementaria Final de la precitada Directiva, estableciendo que la/el Titular de la entidad (sea individual o consolidadora) puede delegar en la máxima autoridad administrativa o quien haga sus veces, la realización de los procedimientos, señalados en las Normas de Depuración y Sinceramiento;