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47 NORMAS LEGALES Domingo 5 de noviembre de 2023 El Peruano / Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 1° Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2976-2023-MP-FN Lima, 3 de noviembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:Los o fi cios Nros. 952 y 994-2023-MP-FN-UFEC, remitidos por el abogado Juan Humberto Flores Cáceres, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, mediante los cuales, entre otros, eleva la carta de renuncia y su complemento, así como emitiendo conformidad de la misma; del abogado Germán Jaque Marcatinco, al cargo de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el 1º Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, presentadas al abogado Marcial Eloy Páucar Chappa, Fiscal Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el Despacho antes citado, quién a su vez remite los o fi cios Nros. 164 y 176-2023-MP-FN- UFEC-1DPFCEC-LIMACENTRO, de fechas 10 y 27 de octubre del presente año, respectivamente; dirigidos a la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, por motivos de índole personales, informando que su último día de labores será el 03 de noviembre de 2023; la misma que ha sido comunicada a la O fi cina General de Potencial Humano, vía correo electrónico, en virtud de que se trata de un personal administrativo con reserva de su plaza de origen. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Germán Jaque Marcatinco, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y su designación en el 1º Despacho Provincial de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 843-2021-MP-FN y 848-2021-MP-FN, de fechas 08 y 11 de junio de 2021, respectivamente; con efectividad al 04 de noviembre de 2023; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2231578-1Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2977-2023-MP-FN Lima, 3 de noviembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 11217-2023-MP-FN-PJFSLIMA, cursado por la abogada Lourdes Bernardita Téllez Pérez de Vargas, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, mediante el cual eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en alguna de dichas plazas fi scales o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Gaby Eliza Chambilla Charca, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Equipo de Apoyo Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que