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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (05/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Domingo 5 de noviembre de 2023 El Peruano / tareas, responsabilidades y derechos a fi n de promover una convivencia democrática, cuya fi nalidad es promover y orientar los procesos de organización y gestión sostenible del territorio según lo establecido en el POT, cuyo uso y aplicabilidad serán de cumplimiento por el Gobierno Regional de Tacna, los gobiernos locales, los sectores y las entidades de administración involucradas, quienes adecuaran sus acciones orientadoras sobre el uso y ocupación del territorio en el departamento de Tacna en concordancia al Plan de Ordenamiento Territorial aprobado y a sus competencias según la legislación vigente. Que, la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 21 literal d) señala que es atribución del Gobernador Regional dictar Decretos y Resoluciones regionales. En tanto que el artículo 40 prescribe que “Los Decretos regionales establecen normas reglamentarias para la ejecución de las Ordenanzas Regionales, sancionan los procedimientos necesarios para la Administración Regional y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés ciudadano. Los Decretos Regionales son aprobados y suscritos por la Gobernación Regional con acuerdo del directorio de Gerencias Regionales.” Que, estando a la Opinión Legal N° 508-2023-GRAJ/ GOB.REG.TACNA y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y la Ordenanza Regional N° 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna; con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Gerencias Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental y la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Tacna. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA - POT, el mismo que consta de IX Títulos, 27 artículos y siete Disposiciones Complementarias; y como Anexo forma parte del presente Decreto Regional. Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, a partir de la publicación del presente Decreto Regional se encargue de la implementación del mismo. Artículo Tercero.- DISPONER que la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional se encargue de la publicación del presente Decreto Regional en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- NOTIFÍQUESE con el presente Decreto Regional a los demás órganos competentes del Gobierno Regional de Tacna. Regístrese, comuníquese y cúmplase.LUIS RAMÓN TORRES ROBLEDO Gobernador Regional 2231349-1 Rectifican el Artículo Tercero del Decreto Regional N° 001-2023-GR/GOB.REG. TACNA DECRETO REGIONAL Nº 002-2023-GR/GOB.REG.TACNA 27 de octubre de 2023VISTOS:El Informe N° 0129-2023-GRRNyGA/GOB.REG. TACNA, Decreto Regional N° 001-2023-GR/GOB.REG.TACNA del 21 de abril del 2023, así como la Opinión Legal N° 1471-2023-GRAJ/GOB.REG.TACNA del 12 de octubre del 2023; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 2° de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, “Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia…”, norma concordante con el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú. Que, con el Decreto Regional N° 001-2023- GR/GOB.REG.TACNA del 21 de abril del 2023 se aprobó el REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA - POT, el mismo que como Anexo forma parte del mismo y consta de IX Títulos, 27 artículos y siete Disposiciones Complementarias; asimismo, se dispuso en el Artículo Tercero, que la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional se encargue de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Que, mediante Informe N° 0129-2023-GRRNyGA/ GOB.REG.TACNA, el Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental informa que la solicitud de publicación del mencionado Decreto Regional fue observado ya que resulta necesario especi fi car en la parte resolutiva del Decreto, el portal institucional donde deberá Publicarse el Anexo para conocimiento de la ciudadanía y acceso a la información pública. Que, de acuerdo con el Artículo 42 de la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: “(…) Los Acuerdos del Consejo Regional y los Decretos Regionales son publicados de acuerdo al reglamento que dicte el Gobierno Regional y se difunden en su portal electrónico.” Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en el Articulo VIII De fi ciencia de fuentes, establece: “1) Las autoridades administrativas no podrán dejar de resolver las cuestiones que se le proponga, por de fi ciencia de sus fuentes; en tales casos, acudirá a los principios del procedimiento Administrativo previstos en esta Ley; en su defecto, a otras fuentes supletorias del derecho administrativo y solo subsidiariamente a estas, a las normas de otros ordenamientos que sean compatibles con su naturaleza y fi nalidad.” Que, en este sentido, el Artículo 212 de la mencionada Ley N° 27444, sobre la Recti fi cación de errores, señala: “212.1. Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. 212.2. La recti fi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original.” Que; en este sentido, corresponde que se recti fi que el Artículo Tercero del Decreto Regional N° 001-2023-GR/GOB.REG.TACNA, donde deberá disponerse que la O fi cina de Relaciones Públicas e Imagen Institucional cumpla con publicar el Texto Íntegro del REGLAMENTO INTERNO DEL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO DE TACNA – POT en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Tacna: www.regiontacna.gob.pe. Que, estando a la Opinión Legal N° 1471-2023- GRAJ/GOB.REG.TACNA del 12 de octubre del 2023 y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, y la Ordenanza Regional N° 016-2022-CR/GOB.REG.TACNA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Tacna; con la conformidad de la Gerencia General Regional y la visación de la Gerencias Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Recursos Naturales