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59 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jorge Luis Tupa Calderon, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2233291-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3058-2023-MP-FN Lima, 9 de noviembre de 2023VISTOS Y CONSIDERANDO:El ofi cio N° 2953-2023-MP-FN-CN-FEMA, cursado por la abogada Karina Diana Vargas Quiñones, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal del Cusco, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante; asimismo, mediante o fi cio N° 1197-MP-FN- UEDFCUSC, suscrito por Nancy Alicia Delgado Tenorio, Gerente de la Unidad Ejecutora del Distrito Fiscal del Cusco, se remite el informe N° 703-2023-MP-FN-UEDFCUSC-APH, emitido por Liliana Figueroa Tapia, Jefa del Área de Potencial Humano del Distrito Fiscal del Cusco, por el cual informa que la referida plaza tiene el código AIRHSP N° 747 y cuenta con saldo presupuestal disponible. En mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. El Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución.La Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y designaciones de los magistrados provisionales no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo más aún si se tiene en cuenta que los nombramientos provisionales deben constituir una situación de excepción y no la regla; se hace oportuno, previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Nohelya Anaya Holgado, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándola en el Despacho Fiscalía Especializada en Materia Ambiental del Distrito Fiscal del Cusco, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 15 de enero de 2024, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2233292-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3059-2023-MP-FN Lima, 9 de noviembre de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO:El ofi cio Nº 2074-2023-MP-FN-FSCN-FEDTP, cursado por la abogada Rocío Gala Gálvez, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, mediante el cual se eleva las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Lima Norte, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las