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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2023 (10/11/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 10 de noviembre de 2023 El Peruano / los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, cuyo objetivo: “Es establecer criterios y reglas, especiales y fl exibles, para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones de las universidades públicas, a fi n que desarrollen sus estructuras orgánicas; así como las funciones generales y especí fi cas de cada uno de sus unidades de organización que la componen, a fi n que contribuyan en el desarrollo de los objetivos y las estrategias de la universidad pública; Que, con Resolución Rectoral Nº 058-2021-UNSM/R de fecha 12 de febrero del 2021, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de San Martín. Que, mediante Resolución Rectoral Nº 633-2022-UNSM/R de fecha 19 de setiembre del 2022, se modi fi có los Artículos 72º, 77º y 80 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) que fue aprobado mediante Resolución Rectoral Nº 058-2021-UNSM/R de fecha 12 de febrero del 2021. Que, por intermedio del O fi cio Nº 01420-2023-MINEDU-/VMGP-DIGESU, en mérito al Informe Nº 00115-2023-MINEDU/VMGP-DIGESU- DICOPRO, el Director General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, mani fi esta que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria emite respuesta en el marco de sus funciones de asistencia técnica a las universidades públicas asignadas mediante el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. Al respecto, concluye que la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Martín, cumple con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM; opinión con la que esta Dirección General mani fi esta conformidad y remite el documento antes citado, para las acciones correspondiente; Que, con Carta Nº D002321-2023-UNSM-OPP, el Director de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, en mérito de la Carta Nº D000046-2023-UNSM- UPM, mani fi esta que, referente a la aclaración sobre la aprobación de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la UNSM, indica que la solicitud de aprobación de la modi fi cación del ROF se ampara en el artículo 46.1 inciso a) del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, al haberse empleado el supuesto por modi fi cación de la estructura orgánica, que textualmente la norma indica; que este supuesto se da por el incremento del número de unidades de organización por nivel organizacional o niveles organizacionales. En ese sentido, al considerar a las fi liales Lamas, Moyobamba y Rioja, como órganos desconcentrados en la estructura orgánica de la entidad, este aumento en una unidad de organización; además, se realizaron otras modi fi caciones como el cambio de denominación de la Dirección de Proyección Social y Extensión Cultural a Dirección de Responsabilidad Social Universitaria, y algunas funciones de los órganos de administración interna en concordancia con los Lineamientos Nº 01-2020-SGP, Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos. En consecuencia, al haberse modi fi cado la estructura orgánica de la entidad, solicita al señor Rector de la UNSM, dejar sin efecto la Resolución Rectoral Nº 058-2021-UNSM/R, modi fi cada mediante Resolución Nº 633-2022-UNSM/R, y aprobar la propuesta de modi fi cación del ROF como nuevo, que se adjunta, que consta de dos (02)Títulos, siete (07) Capítulos y ciento veintiséis (126) Artículos, en mérito al Informe Nº 00115-2023MINEDU/VMGP DIGESU-DICOPRO. Que, mediante el Memorando Nº D001074-2023- UNSM-RE el señor Rector de la UNSM ordena al Secretario General, emitir resolución sobre aprobación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la UNSM. En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto y Reglamento vigente de la UNSM. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto, en todo su contenido, la Resolución Rectoral Nº 058-2021-UNSM/R de fecha 12 de febrero del 2021 y la Resolución Rectoral Nº 633-2022-UNSM/R de fecha 19 de setiembre del 2022, en mérito al Informe Nº 00115-2023MINEDU/VMGP DIGESU-DICOPRO y de conformidad con los considerandos antes mencionados. Artículo 2º.- APROBAR, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), de la Universidad Nacional de San Martín, que consta de dos (02)Títulos, siete (07) Capítulos y ciento veintiséis (126) Artículos, en mérito al Informe Nº 00115-2023MINEDU/VMGP DIGESU- DICOPRO, de conformidad con los considerandos antes mencionados y que en anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 3º.- La Dirección General de Administración, así como la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, darán cumplimiento a la presente resolución. Artículo 4º.- Encargar al Responsable del Portal de Transparencia, la publicación de la presente Resolución en el “Portal Institucional”. Artículo 5º.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 6º.- Distribuir la presente Resolución a: Rectorado, VACAD, VIND, DGA, OAJ, OCI, URH, OPP, Facultades, O fi cinas Académicas y Administrativas y Archivo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ROSSANA HERMINIA HIDALGO POZZI Vicerrectora Académica y Rector (e) de la UNSM AUGUSTO ARISTIDES GALVEZ VARGAS Secretario General de la UNSM 2230195-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de Trujillo a Colombia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1369-2023/UNT Trujillo, 31 de agosto de 2023 Visto el documento Nº 15723127-expediente Nº 8423127E, promovido por el Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquímica, sobre autorización de viaje al exterior y asignación de pasajes y viáticos; CONSIDERANDO:Que, con O fi cio Nº 0087-2023-DCTO.FARM.LOG el Decano de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la UNT, alcanza el Proveído Nº 046-2023-D-Farmacotecnia., del Director del Departamento Académico de Farmacotecnia, el cual contiene el pedido del docente Edmundo Arturo Venegas Casanova, quien solicita autorización de viaje al exterior, y se le otorgue pasajes nacionales e internacionales y viáticos, para participar en el XI Congreso Latinoamericano de Plantas Medicinales (COLAPLAMED), organizado por la Universidad del Quindío-Armenia-Colombia, del 13 al 16 de setiembre 2023, evento en el cual expondrá su trabajo de investigación: Elaboración de una nanoemulsión cosmética con propiedades antienvejecimiento a partir del aceite de semilla de Vitis vinífera L. “uva”; Que, con O fi cio Nº 2252-2023-UNT/DGA-ABAST la Jefa de la Unidad de Abastecimientos, informa que los viáticos son básicamente el reconocimiento en la cual un servidor público realiza una comisión de servicios, ya sea por capacitación y se pueda asistir sus gastos de movilidad y alimentación para el fi n encomendado por su unidad o dependencia. Los viáticos comprenden los gastos por concepto de alimentación, hospedaje y movilidad local,