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10 NORMAS LEGALES Domingo 1 de octubre de 2023 El Peruano / VISTOS: Con O fi cio Nº 4614/OPRE/Y/7/b del Jefe de la Ofi cina de Presupuesto del Ejército; el O fi cio Nº 02551-2023-MINDEF/VRD-DGPP de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 0411-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 01608-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31638, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, el mismo que incluye los recursos presupuestarios del Pliego 026: Ministerio de Defensa; por lo cual, a través de la Resolución Ministerial Nº 1657-2022-DE, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2023 del Pliego 026 Ministerio de Defensa, a nivel de Unidad Ejecutora, Función, División Funcional, Grupo Funcional, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Tipo de Transacción y Genérica del Gasto; Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que toda ejecución de cualquier iniciativa de contratación de bienes y servicios que no constituyan inversión, por parte de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del FONAFE, fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos convocados superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República. Para este efecto, los pliegos comprendidos en dicha modalidad de control gubernamental deben destinar para su fi nanciamiento hasta el 2% del monto convocado con cargo a su presupuesto institucional en la categoría de gasto corriente; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto; a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; precisando que las referidas transferencias se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, el literal a) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, establece que el Pliego autorizado para ejecutar recursos mediante transferencias fi nancieras en el marco de las disposiciones legales vigentes, debe efectuar su registro en una actividad y en la Partida de Gasto 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, cuando la ejecución corresponda a gastos corrientes; Que, el numeral 7.3 del acápite 7 de la Directiva Nº 018-2022-CG/GMPL, Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas de expansión del control concurrente, aprobada mediante Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG , establece que la Contraloría solicitará a los pliegos las transferencias fi nancieras para el acompañamiento mediante servicios de control gubernamental en la modalidad de control concurrente, con un plazo de quince (15) días hábiles de recibida la solicitud, para el caso de iniciativas de contratación, el mismo que puede ser ampliado; asimismo, precisa que las entidades comprendidas en esta modalidad de control gubernamental habilitan el rubro “Control Concurrente”, dentro de la categoría de gasto corriente, con cargo al presupuesto institucional de la entidad; Que, a través del O fi cio Nº 001078-2023-CG/SGE, complementado con el O fi cio Nº 000149-2023-CG/ PLPREPI, la Contraloría General de la República solicita efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 019: Contraloría General hasta por el monto de S/ 1 453 500,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) para fi nanciar el despliegue de los servicios de control gubernamental en la iniciativa de contratación “SERVICIO DE OVERHAUL DE CUATRO (4) HELICÓPTEROS DE LA LÍNEA MI-8 MTV-1 DE LA AVIACIÓN DEL EJÉRCITO”, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31358; Que, a través del O fi cio Nº 4614/OPRE/Y/7/b del Jefe de la O fi cina de Presupuesto del Ejército, solicita se gestione la Transferencia Financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones del control concurrente en la iniciativa de contratación “SERVICIO DE OVERHAUL DE CUATRO (4) HELICÓPTEROS DE LA LÍNEA MI-8 MTV-1 DE LA AVIACIÓN DEL EJÉRCITO”, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 31358; Que, mediante O fi cio Nº 02551-2023-MINDEF/ VRD-DGPP, la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 0411-2023-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable sobre la transferencia fi nanciera a efectuarse a favor del Pliego 019: Contraloría General, hasta por la suma de S/ 1 453 500,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el control concurrente en la iniciativa de contratación “SERVICIO DE OVERHAUL DE CUATRO (4) HELICÓPTEROS DE LA LÍNEA MI-8 MTV-1 DE LA AVIACIÓN DEL EJÉRCITO”, en el marco de lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 31358; por cuanto se cuenta con recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 026: Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios; Que, mediante el Informe Legal Nº 01608-2023-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la aprobación, vía resolución ministerial, de la transferencia fi nanciera antes descrita, conforme a los términos propuestos por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2023; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Resolución Directoral Nº 0023-2022-EF/50.01, que aprueba la Directiva Nº 0005-2022-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y la Resolución de Contraloría Nº 275-2022-CG, que aprueba la Directiva Nº 018-2022- CG/GMPL, Directiva Externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Objeto Autorizar una Transferencia Financiera del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 1 453 500,00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES) a favor del Pliego 019: Contraloría General, para fi nanciar las acciones del control concurrente en la iniciativa de contratación “SERVICIO DE OVERHAUL DE CUATRO (4) HELICÓPTEROS DE LA LÍNEA MI-8 MTV-1 DE LA AVIACIÓN DEL EJÉRCITO”, en el marco de lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; de acuerdo al detalle del Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2 .- Limitaciones sobre el uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no