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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (01/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 1 de octubre de 2023 El Peruano / Apellidos y Nombres Pasajes aéreos US$Viáticos por 2 días (US$ 370 por día)Total US$ Alberto Arturo Rojas Cortegana2,186.15 740.00 2,926.15 Máximo Lactayo Monago 2,186.15 740.00 2,926.15 Milka So fi a Vilca Martínez 2,186.15 740.00 2,926.15 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, las personas autorizadas en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, presentan al Titular del Pliego un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas, conforme a lo establecido en la Directiva Nº 004-2016-MEM/SEG, para la “Programación, autorización y rendición de cuentas de viajes en comisión de servicio en el interior y exterior del país”, aprobada por Resolución Secretarial Nº 012-2016-MEM/SEG. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2220749-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modifica e incorpora diversos artículos al Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0316-2023-JUS Lima, 30 de setiembre de 2023 VISTOS, el O fi cio Nº D00050-2023-JUS/PGE-PG, de la Procuraduría General del Estado; el Informe Legal Nº 175-2023-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, el Informe Nº 1065-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos conforme a ley; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1326, se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como ente rector de dicho Sistema; Que, mediante Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 1326, establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los/as procuradores/as públicos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú;Que, el numeral 4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, establece que una de las funciones de la Procuraduría General del Estado, además de las establecidas en el artículo 12 del Decreto Legislativo Nº 1326, es velar por el e fi ciente ejercicio de la defensa jurídica del Estado, aplicando los mecanismos que sean necesarios para ello y dentro del ámbito de sus competencias; Que, por su parte, el literal d) del artículo 6 de la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos establece que dicho ministerio cumple la función rectora de « emitir normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, la sanción, fi scalización y ejecución coactiva en las materias de su competencia »; Que, la Procuraduría General del Estado remite el proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca e incorpora diversos artículos al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS”; Que, el numeral 3 del artículo 13 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los proyectos de reglamento se publican en el portal electrónico respectivo por no menos de cinco (5) días calendario, para recibir aportes de la ciudadanía, cuando así lo requiera la Ley; Que, en atención al principio de participación y transparencia de la gestión pública que recoge el articulo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el numeral 14.7 del artículo 14 del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS, dispone que todo proyecto de reglamento ejecutivo debe ser publicado para recibir opiniones de la ciudadanía en el portal del Sector respectivo, agregando que la publicación se aprueba mediante resolución ministerial del sector que corresponda, la que se publica en el Diario O fi cial El Peruano y el proyecto de reglamento en el portal electrónico respectivo; Que, en tal sentido, resulta pertinente disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca e incorpora diversos artículos al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS”, y de su respectiva Exposición de Motivos, con la fi nalidad de recibir las sugerencias, comentarios o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de la ciudadanía en general; Con el visado de la Procuraduría General del Estado, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; y, el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca e incorpora diversos artículos al Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2019-JUS”, así como de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano.