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13 NORMAS LEGALES Domingo 1 de octubre de 2023 El Peruano / Multidistrital, Multiprovincial, Multidepartamental”, con CUI Nº 2458663, y “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Apoyo al Desarrollo Comercial de los Productores de Palta en el Valle de Torobamba del Distrito de San Miguel – Provincia de La Mar – Departamento de Ayacucho”, con CUI Nº 2511633, que contribuyen al desarrollo del Programa de fortalecimiento de capacidades en gestión empresarial, comercial y productiva para los productores agrarios familiares (en transición y consolidados) y empresariales alineado al Objetivo Prioritario 1. “Incrementar el nivel de integración vertical de los productores agrarios en la cadena de valor” de la Política Nacional Agraria 2021-2030, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 017-2021-MIDAGRI, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 216-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto y los Informes Nº 339-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI, Nº 431-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI y Nº 485-2023-MIDAGRI-SG/OGPP-OPMI de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 0472-2023-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe Nº 0304-2023-EF/63.04 de la Dirección de Gestión de Inversiones, en el cual señala que se cuenta con el pronunciamiento de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con relación a los alcances indicados en el párrafo 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 284-2018-EF respecto a la inversión de optimización, de ampliación marginal, de rehabilitación y de reposición (IOARR) con CUI Nº 2458663 y al proyecto de inversión con CUI Nº 2511633. Asimismo, indica que, según la información registrada en el Banco de Inversiones, las referidas inversiones no presentan comentarios; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 566 955,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, a favor de la Sierra y Selva Exportadora, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; DECRETA:Artículo 1. Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, hasta por la suma de S/ 1 566 955,00 (UN MILLÓN QUINIENTOS SESENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Sierra y Selva Exportadora, para fi nanciar la continuidad de la ejecución de dos (02) inversiones, en el marco de lo establecido en la Quincuagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31638, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Desarrollo Agrario y RiegoUNIDAD EJECUTORA 035 : Gestión de Proyectos Sectoriales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercado PROYECTO 2250051 : Mejoramiento del Sistema de Información Estadística Agraria y del Servicio de Información Agraria para el Desarrollo Rural del Perú FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 566 955,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 566 955,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 018 : Sierra y Selva ExportadoraUNIDAD EJECUTORA 001 : Sierra y Selva ExportadoraPROGRAMA PRESUPUESTAL 0121 : Mejora de la articulación de pequeños productores al mercado PROYECTO 2458663 : Adquisición de Camioneta; en el(la) Sedes Desconcentradas de Sierra y Selva Exportadora, Multidistrital, Multiprovincial, Multidepartamental FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 909 634,00 PROYECTO 2511633 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Apoyo al Desarrollo Comercial de los Productores de Palta en el Valle de Torobamba del Distrito de San Miguel – Provincia de La Mar – Departamento de Ayacucho FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 657 321,00 =========== TOTAL EGRESOS 1 566 955,000 =========== Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas partidas de ingresos, fi nalidades y unidades de medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego.