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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (07/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Sábado 7 de octubre de 2023 El Peruano / Dr. Christ Jesus Barriga Paria 1. Viáticos: 02 días nacional S/. 320.00 : S/. 640.00 soles 06 días a $ 200.00 / día equivale (al cambio S/. 3.60 al 26/07/2023 BCRP) : S/. 4,320.00 soles 2. Pasajes Terrestre: Moquegua – Tacna – Moquegua : S/. 60.00 soles Aéreo nacional: Tacna – Lima – Tacna : S/. 1,700.00 soles Aéreo Internacional: Lima – Buenos Aires - Lima : S/. 6,400.00 soles Aéreo Internacional: Buenos Aires – Comodoro Rivadavia - Buenos Aires : S/. 2,500.00 soles 3. Curso de Capacitación 4. TUUA Artículo Tercero.- Disponer, que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- Encargar, a la Vicepresidencia de Investigación, así como a la Dirección General de Administración, adoptar las acciones necesarias para su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, implementación y cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.ROBERTO H. CASTAÑEDA TERRONES Presidente GUILLERMO S. KUONG CORNEJO Secretario General 2218837-1 Autorizan viaje de docentes ganadores de las Becas Internacionales de la primera convocatoria del “Programa de Movilidad Académica y de Investigación para Docentes de la UNH-2023” de la Universidad Nacional de Huancavelica UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN Nº 1033-2023-CU-UNH Huancavelica, 22 de setiembre de 2023VISTOS:Ofi cio Transcriptorio Nº 1073, 1075 y 1076-2023-CU- SEGE-R-UNH (18.09.2023); sobre autorización del viaje al exterior a los docentes ganadores de las Becas Internacionales de la Primera Convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UN.- 2023”; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8º de la Ley Universitaria Nº 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente; Que, el jefe de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales, solicita al señor rector de la UNH, con O fi cio Nº 0468, 0469 y 0470-2023-OCRI-R- UNH (12.09.2023) emisión de la resolución de Concejo Universitario, que autoriza el viaje al exterior a los docentes ganadores de las Becas Internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UN.- 2023”; Que, es interés institucional promover la movilidad académica y de investigación de docentes, en universidades nacionales y extranjeras de excelencia y acreditadas, con el fi n de ampliar y enriquecer la formación profesional y cultural de los docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica; Que, los artículos 2º y 3º de la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el contenido del acto de autorización: las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y; sobre la publicidad, las resoluciones sobre autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente; Que, en artículo 136º de Estatuto antes referido, señala: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica, investigativa y administrativa que cumple en conformidad con lo señalado en el presente Estatuto; Que, el numeral 12) del artículo 141º de la norma antes citada, sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice; Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente; Que, el señor rector, autoriza al secretario general de la UNH, con Hojas de Trámites con Proveídos Nº 6186, 6187 y 6188 (12.09.2023), su consideración en agenda de Consejo Universitario, para su tratativa, conforme a sus prerrogativas; Estando a lo acordado en sesión extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 15 de setiembre de 2023 y en uso de las atribuciones que le con fi ere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario Nº 006-2021-CEU- UNH (02.07.2021); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior de la República a los docentes ganadores de las Becas Internacionales de la primera convocatoria del “PROGRAMA DE MOVILIDAD ACADÉMICA Y DE INVESTIGACIÓN PARA DOCENTES DE LA UN.- 2023” de la Universidad Nacional de Huancavelica, de acuerdo al siguiente detalle: Nº NOMBRES y APELLIDOS INSTITUCIÓN / PAÍS DE DESTINOPERIODO DE VIAJEPASAJES S/ VIÁTICOS S/IMPORTE TOTAL S/ 01 Dra. Luz Marina ACHARTE LUME Universidad Nacional de Luján - Argentina15/11/2023 al 01/12/20235 500,00 10 260,00 15 760,00 02 Dra. Claris Jhovana PÉREZ VENEGAS“II CONGRESO AB.- XXI CONGRESO FAME.- PALAU DE CONGRESSOS DE PALMA - España22/10/2023 al 31/10/20235 500,00 10 260,00 15 760,00 03 M.Sc. Yola Victoria RAMOS ESPINOZA Universidad Nacional de Luján - Argentina15/11/2023 al 01/12/20235 500,00 10 260,00 15 760,00