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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (07/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Sábado 7 de octubre de 2023 El Peruano / “a) Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos: Es el sistema que establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del servicio civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos. Comprende los subsistemas previstos en el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 1023. El Sistema está integrado por: i. La Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR. ii. Las O fi cinas de Recursos Humanos de las entidades o las que hagan sus veces. iii. El Tribunal del Servicio Civil… f) Entidad Pública: Sólo para efectos del Sistema y en concordancia con lo establecido en el literal a) del artículo IV del Título Preliminar del D.S. Nº 040-204-PCM, se defi ne lo siguiente: Entidad pública Tipo A.- A aquella organización que cuente con personería jurídica de derecho público, cuyas actividades se realizan en virtud de potestades administrativas y, por tanto, se encuentran sujetas a las normas comunes de derecho público. Entidad pública Tipo B.- A aquellas que cumplan los siguientes criterios: i. Ser un órgano desconcentrado, proyecto, programa o unidad ejecutora conforme a la Ley Nº 28411 de una entidad pública Tipo A. ii. Tener competencia para contratar, sancionar y despedir, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. iii. Contar con una o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. iv. Contar con un titular; entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. v. Contar con resolución del titular de la entidad pública a la que pertenece de fi niéndola como Entidad Tipo B. Cuando en la presente Directiva se haga mención expresa a entidades, se entenderá indistintamente a las entidades públicas Tipo A y Tipo B, salvo que se haga mención expresa a alguna de ellas… g) O fi cina de Recursos Humanos o las que hagan sus veces: Es la unidad orgánica responsable de la gestión de los recursos humanos en las entidades, que implementa las disposiciones que emita SERVIR como ente rector del Sistema.” Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 01381-2015-GRLL/GOB de fecha 07 de agosto del 2015, se resuelve CONFORMAR la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del Gobierno Regional La Libertad , en el marco de la Ley N° 30057 y de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 160-2013-SERVIR/PE que aprueba los Lineamientos para el Tránsito de una Entidad Pública al Régimen del Servicio Civil; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 01615-2015-GRLL/GOB de fecha 15 de Setiembre del 2015, se resuelve DESIGNAR al Gerente General Regional como representante del Titular del Gobierno Regional La Libertad ante la Comisión de Tránsito al Régimen del Servicio Civil del Gobierno Regional La Libertad; Que, mediante O fi cio N° 120-2019-GR-LL-GGR de fecha 22 de febrero del 2019, la Gerencia General Regional del Gobierno Regional La Libertad hace conocer a las diversas unidades orgánicas que la designación del funcionario responsable de conducir el proceso de tránsito hacia el régimen del Servicio Civil recae en el Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial; Que, el Área Funcional de Remuneraciones y Pensiones de la Subgerencia de Recursos Humanos, concluye que: “El Gobierno Regional La Libertad constituye Entidad “Tipo A”, en cuanto cuenta con personería jurídica de derecho público al amparo de lo dispuesto en la Constitución Política del Estado y de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley N° 27867… Sus dependencias, especí fi camente las gerencias regionales sectoriales y órganos desconcentrados, así como los órganos descentralizados, tienen las condiciones de unidades ejecutoras en el marco de la Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y cumplen con los criterios establecidos en el Reglamento de la Ley N° 30057, por lo que constituyen Entidades “Tipo B”, cuyo reconocimiento debe plasmarse a través de resolución del titular de la entidad, entendiéndose que tal situación abarca también a los órganos desconcentrados de las dependencias sectoriales. ” Que, mediante O fi cio N° 01381-2023-GRLL-GGR- GRA-SGRH de fecha 09 de agosto del 2023 se remitió los formatos con carácter de declaración jurada a la Gerencia Regional de Salud, consistentes en las Fichas Técnicas para reconocimiento de Entidades de Tipo “B” de la Gerencia Regional de Salud – La Libertad, para que las Unidades Ejecutoras del sector salud del Gobierno Regional se sirvan informar: 1) Si tienen competencia para contratar, sancionar y despedir, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. 2) Si cuentan con una o fi cina de recursos humanos o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente. 3) Si cuentan con un titular; entendiéndose como la máxima autoridad administrativa y/o una alta dirección o la que haga sus veces, conforme a su manual de operaciones o documento equivalente ; Que, la Gerencia Regional de Salud emite el Informe Técnico N° 000132-2023-GRLL-GGR-GRSOAD-UTF-PERS, de fecha 02 de octubre del 2023, concluyendo: “ 1.- Los titulares de todas las unidades ejecutoras de salud del Gobierno Regional La Libertad han presentado declaraciones juradas de cumplimiento de los criterios técnicos para ser considerados como entidades tipo B, conforme a lo señalado en el segundo párrafo del inciso (a) del IV Título Preliminar del Decreto Supremo N° 040-2014-PCM. 2.- Para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, todas las unidades ejecutoras de salud del Gobierno Regional La Libertad cumplen con los criterios técnicos para ser reconocidas como entidades tipo B, debido a que son Unidades Ejecutoras que tienen competencia para contratar, sancionar y despedir, cuentan con una o fi cina de recursos humanos, o que haga sus veces, y cuentan con un titular, entendiéndose como la máxima autoridad administrativa.” Que, están debidamente suscritas la Fichas Técnicas, requeridas mediante O fi cio N° 013812023-GRLL-GGR- GRA-SGRH, por la Sub Gerencia de Recursos Humanos del Gobierno Regional La Libertad, de conformidad a las reuniones técnicas sostenidas entre los equipos técnicos de salud y GORE La Libertad; Que, de la documentación administrativa que se menciona en los considerandos precedentes, se concluye que las Entidades “Tipo B” del Sector Salud del Gobierno Regional La Libertad son las siguientes: - Unidad Ejecutora 400-0845 SALUD LA LIBERTAD – GERENCIA REGIONAL DE SALUD LA LIBERTAD. - Unidad Ejecutora 401-846 INSTITUTO REGIONAL DE OFTALMOLOGIA JSU. - Unidad Ejecutora 402 SALUD NORTE ASCOPE. - Unidad Ejecutora 403 SALUD TRUJILLO – SUR OESTE. - Unidad Ejecutora 404 RED DE SALUD CHEPÉN. - Unidad Ejecutora 405 RED DE SALUD PACASMAYO. - Unidad Ejecutora 406 RED DE SALUD SANCHEZ CARRIÓN. - Unidad Ejecutora 407 RED DE SALUD SANTIAGO DE CHUCO. - Unidad Ejecutora 408 RED DE SALUD OTUZCO. - Unidad Ejecutora 409 RED DE SALUD TRUJILLO - ESTE.