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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2023 (14/10/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 14 de octubre de 2023 El Peruano / Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Norte, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Prevención del Delito, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, Ofi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 2225094-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Designan Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 000234 Callao, 21 de septiembre de 2023EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO VISTOS: El Memorando N° 001279-2023-GRC/GGR de fecha 05 de septiembre de 2023, de la Gerencia General Regional; el Informe N° 001827-2023-GRC/ORH de fecha 07 de septiembre de 2023, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000655-2023-GRC/GAJ de fecha 07 de septiembre de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, conforme a lo dispuesto por el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, dispone que los gobiernos regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera un Pliego Presupuestal; Que, el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú señala que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”; Que, mediante Resolución Gerencial General Regional N° 190-2023-Gobierno Regional del Callao-GGR de fecha 01 de septiembre de 2023, la Gerencia General Regional resuelve en su artículo segundo designar con efi cacia anticipada al 29 de agosto de 2023, al señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, en el cargo de Jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo del Gobierno Regional del Callao; Que, mediante Memorando N° 001279-2023-GRC/ GGR de fecha 05 de septiembre de 2023, la Gerencia General Regional solicita a la O fi cina de Recursos Humanos brindar su opinión técnica a fi n de designar en adiciones a sus funciones de jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo al señor Aldo Maximiliano Seminario Bravo, como funcionario responsable de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante Informe N° 001827-2023-GRC/ ORH de fecha 07 de septiembre de 2023, la O fi cina de Recursos Humanos concluye: “4.1 Corresponde a la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario RESPONSABLE DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA del Gobierno Regional del Callao. 4.2 De considerarlo pertinente, resultaría viable designar al señor Aldo Maximiliano Seminario Bravo como funcionario RESPONSABLE DEL ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, en adición a sus funciones como jefe de la Ofi cina de Imagen Institucional y Protocolo”; Que, mediante Informe N° 000655-2023-GRC/GAJ de fecha 07 de septiembre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal concluyendo que resulta procedente, designar al señor Aldo Maximiliano Seminario Bravo, Jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo, en adición a sus funciones como Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud a la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, el artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS, establece que: “Las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2 de la presente Ley. Dichas entidades identi fi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la presente Ley. En caso de que éste no hubiera sido designado las responsabilidades administrativas y penales recaerán en el secretario general de la institución o quien haga sus veces (…)”; Que, el artículo 14° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2019-JUS señala que: “El funcionario público responsable de dar información que de modo arbitrario obstruya el acceso del solicitante a la información requerida, o la suministre en forma incompleta u obstaculice de cualquier modo el cumplimiento de esta Ley, se encontrará incurso en los alcances del artículo 4 de la presente Ley”; Que, el segundo párrafo del artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, re fi ere que: “(…) la designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la Información (…) se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas (…)”; Que, de conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 072-2003-PCM; y en uso de las atribuciones establecidas por el literal d) del artículo 21° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y contando con las visaciones de la Gerencia General Regional; de la Gerencia de Asesoría Jurídica y la O fi cina de Recursos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al señor ALDO MAXIMILIANO SEMINARIO BRAVO, Jefe de la O fi cina de Imagen Institucional y Protocolo, en adición a sus funciones, como Funcionario Responsable de Entregar la Información que se requiera del Gobierno Regional del Callao, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS. Artículo Segundo.- DISPONER, se realice la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y el Portal de Transparencia del Gobierno Regional del Callao.