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73 NORMAS LEGALES Sábado 14 de octubre de 2023 El Peruano / De acuerdo con lo expuesto, y de conformidad con lo previsto por numeral 6 del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Directiva General N° 006-2006-GM/MM “Normas sobre el uso de las áreas en Huaca Pucllana para la realización de eventos”, aprobada mediante la Resolución de Gerencia Municipal N° 011-2006-GM/MM. Artículo Segundo.- APROBAR el “Reglamento para la autorización y seguimiento del uso temporal de las áreas habilitadas en el Museo de Sitio Pucllana”, el cual consta de trece (13) artículos y que en Anexo forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Cultura y Turismo y a la Dirección del Museo de Sitio Pucllana, conforme al ámbito de sus competencias, el adecuado cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que el presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto del presente decreto de alcaldía en el diario o fi cial El Peruano y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicación de dicho dispositivo legal, juntamente con su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores (www.mira fl ores.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CARLOS CANALES ANCHORENA Alcalde 2224615-1 Aprueban el Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa DECRETO DE ALCALDÍA N° 011-2023/MM Mira fl ores, 10 de octubre de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Vistos, el Informe N° 196-2023-SGR-GAT/MM y el Memorándum N° 330-2023-SGR-GAT/MM, ambos de fecha 28 de setiembre de 2023, emitidos por la Subgerencia de Recaudación; el Memorándum N° 374-2023-SGFT-GAT/MM de fecha 02 de octubre de 2023, emitido por la Subgerencia de Fiscalización Tributaria; el Informe N° 199-2023-SGR-GAT/MM de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación; el Memorando N° 483-2023-GSTI/MM suscrito con fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información; el Informe N° 198-2023-SGR-GAT/MM de fecha 05 de octubre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación; el Informe N° 471-2023-EC-GAT/MM de fecha 06 de octubre de 2023, emitido por el Ejecutor Coactivo; el Memorándum N° 575-2023-GAT/MM de fecha 09 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 315-2023-GAJ/MM de fecha 10 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorándum Nº 1631-2023-GM/MM de fecha 10 de octubre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, mediante Ordenanza N° 614/MM de fecha 14 de agosto de 2023, se aprobó las disposiciones para declarar o extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, el mismo que tiene por objeto establecer los criterios que regulen el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, así como deuda administrativa en estado coactivo de cobranza dudosa; Que, mediante el Memorándum N° 374-2023-SGFT- GAT/MM de fecha 02 de octubre de 2023, la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, en mérito a lo solicitado a través del Memorándum Nº 330-2023-SGR-GAT/MM por la Subgerencia de Recaudación, hace de conocimiento algunas observaciones respecto del proyecto de reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no Tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa; Que, mediante el Memorando N° 483-2023-GSTI/MM suscrito con fecha 05 de octubre de 2023, la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, mérito a lo solicitado a través del Informe Nº 199-2023-SGR-GAT/MM por la Subgerencia de Recaudación, señala que, al haberse considerado todos los lineamientos establecidos que se debe seguir para declarar la cobranza como dudosa en estado coactivo, otorga su visto bueno para continuar con las gestiones respectivas del referido reglamento; Que, mediante el Informe N° 198-2023-SGR-GAT/ MM de fecha 05 de octubre de 2023, la Subgerencia de Recaudación informó a la Gerencia de Administración Tributaria que, habiéndose aprobado la Ordenanza N° 614/MM, que dicta las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa, se establece en la primera disposición complementaria fi nal que se apruebe el proyecto de reglamento de la mencionada ordenanza, a fi n de establecer los procedimientos para la extinción de la deuda y asimismo regular las condiciones, reglas y plazos a llevar a cabo, adjuntando el citado proyecto; Que, mediante el Informe N° 471-2023-EC-GAT/MM de fecha 06 de octubre de 2023, el Ejecutor Coactivo informó a la Gerencia de Administración Tributaria que, habiendo veri fi cado que se hayan considerado todos los lineamientos establecidos que se debe seguir para declarar la cobranza como dudosa en estado coactivo, emite su conformidad para continuar con las gestiones respectivas del referido reglamento; Que, mediante el Memorándum N° 575-2023-GAT/ MM suscrito de fecha 09 de octubre de 2023, la Gerencia de Administración Tributaria remitió a la Gerencia de Asesoría Jurídica, juntamente con los actuados, el proyecto de reglamento que aprueba las disposiciones para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa; Que, mediante el Informe Nº 315-2023-GAJ/MM de fecha 10 de octubre de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la aprobación del proyecto de “Reglamento que regula el procedimiento para declarar y extinguir deuda tributaria y no tributaria en estado coactivo de cobranza dudosa y de recuperación onerosa”, el cual cuenta con visto bueno de la Gerencia de Administración Tributaria, de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, de la Ejecutoría Coactiva de la Gerencia de Administración Tributaria y de la Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, el mismo que corresponde aprobarse mediante decreto de alcaldía; Que, mediante el Memorándum Nº 1631-2023-GM/MM de fecha 10 de octubre de 2023, la Gerencia Municipal, traslada a la Secretaría General el Informe Nº 315-2023-GAJ/MM, juntamente con los actuados relacionados con la propuesta de decreto de alcaldía antes mencionada y