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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 15 de setiembre de 2023 El Peruano / sesión extraordinaria, APROBAR mediante ORDENANZA REGIONAL el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, dispositivo legal que contendrá los artículos señalados en el numeral V.- RECOMENDACIONES del Dictamen en comento; Que, en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional realizada el 24 de agosto de 2023, el Consejero Delegado da cuenta del Dictamen N° 06-2023-GRA-CR/COAL, emitido por la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales, inmediatamente, su Presidente procede con el sustento correspondiente, produciéndose acto seguido la revisión del contenido del Proyecto de Reglamento Interno del Consejo Regional de Ancash y la deliberación correspondiente por parte de los Consejeros Regionales asistentes a la presente sesión extraordinaria; así como la absolución de consultas y precisiones sobre el tema a cargo de los asesores legales del Consejo Regional; concluida ésta, el Consejero Delegado da por culminado el debate y somete a votación a mano alzada las recomendaciones (artículos) signadas en el DICTAMEN N° 06-2023-GRA-CR/COAL, de fecha 31 de julio de 2023, siendo APROBADA por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; Que, estado a las consideraciones expuestas, a lo acordado y aprobado en Sesión Extraordinaria del Consejo Regional de Ancash, y al amparo de las facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modi fi cada por la Ley N° 27680, Ley N° 27783- Ley de Bases del Descentralización, Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el Pleno del Consejo Regional de Ancash, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash; que consta de seis (6) Títulos, veinticinco (25) Capítulos, ciento diecisiete (117) artículos y Tres (3) Disposiciones Complementarias y Finales, que como anexo se acompaña a la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 009-2005-REGION ÁNCASH/CR, la Ordenanza Regional Nº 002-2015-GRA/CR y la Ordenanza Regional Nº 001-2020-GRA/CR; así como, todas las normas que se opongan a las disposiciones de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información, su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ancash (www.regionancash.gob.pe). Artículo Cuarto.- ESTABLECER, que la vigencia de la presente Ordenanza Regional rige a partir del día siguiente de su publicación. Comuníquese, al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Áncash para su Promulgación. Dado en Sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los veinticuatro días del mes de agosto del año dos mil veintitrés. WALTER MEDRANO ACUÑA Consejero Delegado POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del Gobierno Regional de Ancash, a los 31 días del mes de agosto de 2023. FABIAN KOKI NORIEGA BRITO Gobernador Regional 2215220-1Designan responsable de entregar la información de acceso público del Gobierno Regional de Ancash RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 162-2023-GRA/GR Huaraz, 14 de julio de 2023VISTO:La Resolución Ejecutiva Regional N° 20-2023-GRA/ GR de fecha 16 de enero de 2023, la Resolución Gerencial General Regional N° 254-2023-GRA/GGR de fecha 26 de abril de 2023, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por Ley N° 30305, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, consagra que los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante la Credencial de fecha 24 de noviembre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huaraz, se reconoce como Gobernador del Gobierno Regional de Ancash, periodo de gobierno regional 2023 – 2026, a Fabián Koki Noriega Brito, con todas las facultades que para cuyo efecto le con fi ere la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, señala como fi nalidad de la citada Ley, promover la trasparencia de los actos del estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú; Que, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 3° y 5° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, el estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual las entidades públicas deben designar al funcionario responsable de entregar la información solicitada; Que, los literales b) y c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 070-2013- PCM, donde se establece que, es obligación de la máxima autoridad de la Entidad, designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; y, al funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de Transparencia; Que, el segundo párrafo del artículo 4° del Reglamento a que se re fi ere el considerando precedente, establece la designación del funcionario responsable de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Porta, se efectuara mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; señalando que la Entidad colocará copia de la resolución de designación en el lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, el literal m) del artículo 54° del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Ancash, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 008-2017-GRA/CR, modi fi cado parcialmente mediante la Ordenanza Regional N° 007-2021-GRA/CR, señala que, una de las funciones de la Secretaria General es: “Atender las solicitudes de acceso a la información pública, siempre que el Gobernador Regional no haya delegado la responsabilidad a otro funcionario o servidor público”; Que, mediante la Resolución Ejecutiva Regional N° 002-2023-GRA/GR de fecha 03 de enero de 2023, en su artículo primero, resolvió: “DAR POR CONCLUIDA