NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quince días del mes de setiembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de CulturaEncargada del despacho delMinisterio de Economía y Finanzas CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2215923-2 EDUCACIÓN Modifican el Anexo de la R.M. N° 187-2023-MINEDU, que aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2023 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 508-2023-MINEDU Lima, 15 de setiembre de 2023VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° UPP2023-INT-0295379; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a fi nanciar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el Sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2023, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento; Que, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados mediante Decreto Supremo N° 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional; Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2023-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 416-2023-MINEDU y N° 459-2023-MINEDU, se aprueba el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2023, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos, serán fi nanciados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación;Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 007-2019-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, establece que la Condecoración de Palmas Magisteriales constituye el máximo reconocimiento y distinción honorí fi ca que se otorga, por gracia del Estado, a través del Ministerio de Educación, a profesionales que hayan destacado por su contribución extraordinaria a la educación y desarrollo del país; asimismo, el artículo 27 del referido Reglamento, establece que los condecorados con Palmas Magisteriales, se hacen acreedores a distintivos (diploma y medalla de condecoración), los cuales son impuestos en ceremonia protocolar; Que, en dicho contexto, mediante Resoluciones Ministeriales N° 0423-2023-MINEDU, N° 0424-2023-MINEDU y N° 0425-2023-MINEDU, se otorga la Condecoración de Palmas Magisteriales a 10 profesionales: 06 en la categoría de Educador, 03 en la categoría de Maestro y 01 en la categoría de Amauta, respectivamente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 590-2014-MINEDU, se instituye el Encuentro Nacional Tinkuy como actividad de la modalidad de Educación Básica Regular, que se encuentra a cargo de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, en coordinación con la Dirección General de Educación Básica Regular, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 091-2023-MINEDU, se aprueban las Bases Generales y Especí fi cas de los Concursos Educativos 2023, que contienen los Juegos Florales Escolares Nacionales, el Premio Nacional de Narrativa y Ensayo “José María Arguedas”, la XIX Olimpiada Nacional Escolar de Matemática, el Concurso Nacional Crea y Emprende y la XXXIII Feria Escolar Nacional de Ciencia y Tecnología “Eureka”; Que, a través del Informe N° 00188-2023-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIBRED de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente (DIBRED); el Informe N° 00507-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID de la Dirección de Educación Física y Deporte (DEFID); y el Informe N° 00178-2023-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), respectivamente, se sustenta la necesidad de modi fi car el Anexo de la Resolución Ministerial N° 187-2023-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 416-2023-MINEDU y N° 459-2023-MINEDU; incorporando en el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2023, la condición y cantidad de participantes de los eventos denominados: i) Ceremonia de Condecoración de Palmas Magisteriales 2022, ii) Concursos Educativos 2023, y iii) Encuentro de Niños y Niñas de pueblos originarios y otras tradiciones culturales ‘Dialogamos, leemos y escribimos para atender un asunto público’ - TINKUY 2023, respecto de los cuales se requiere el fi nanciamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. DE EDUCACIÓN, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo de la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31638; Que, mediante Informe N° 01427-2023-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación, emite opinión técnica favorable a la propuesta de modi fi cación del Anexo de la Resolución Ministerial N° 187-2023-MINEDU, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 0416-2023-MINEDU y N° 459-2023-MINEDU; por cuanto se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y su aprobación e implementación, se fi nanciará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. DE EDUCACIÓN del Año Fiscal 2023, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;