NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)
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30 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA CECILIA GERVASI DÍAZ Ministra de Relaciones Exteriores 2215803-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a la República Federativa del Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0609-2023-RE Lima, 15 de setiembre de 2023VISTOS: El Memorándum (DGA) N° DGA00918/2023 de la Dirección General de América, de 4 de setiembre de 2023; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3683 del Despacho Viceministerial, de 6 de setiembre de 2023; el Memorándum (OPP) N° OPP02074/2023 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 7 de setiembre de 2023, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02569/2023 de la O fi cina de Administración de Personal, de 12 de setiembre de 2023; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la VI Reunión de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza (CVIF) Perú – Brasil, celebrada el 16 de setiembre 2020, el Viceministro de Relaciones Exteriores del Perú y el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil expresaron su satisfacción por el intercambio de notas verbales para la conformación de los nuevos Comités de Frontera: Norte y Sur, y la aprobación de su Reglamento; Que, conforme al Reglamento General de los Comités de Frontera entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil, el Comité de Frontera Amazónico Norte, comprende al Departamento de Loreto, en Perú y al Estado de Amazonas, en Brasil, y el Comité de Frontera Amazónico Sur, comprende a los Departamentos de Ucayali y Madre de Dios, en Perú, y al Estado de Acre, en Brasil, Que, los Comités de Frontera Amazónicos constituyen foros bilaterales para el tratamiento de temas de interés común de la Zona de Integración Fronteriza, los cuales tienen como objetivo promover su desarrollo a través de la integración y cooperación, Que, en la Declaración del Encuentro Presidencial Perú-Brasil, celebrada el 3 de febrero de 2022, en la ciudad de Porto Velho, República Federativa del Brasil, los mandatarios de ambos países, registraron con satisfacción la fi rma del acuerdo por intercambio de notas sobre la creación de los Comités de Frontera Norte y Sur, que reúnen a autoridades nacionales, estatales y municipales de los dos países para el tratamiento de temas relacionados con la cooperación fronteriza, e instaron a las autoridades competentes a convocar reuniones de los Comités tan pronto como la situación sanitaria permita que se celebren dichas reuniones presencialmente, en las ubicaciones fronterizas que se determinen, Que, en el marco de la Reunión de Consultas Políticas Perú - Brasil, realizada el 15 de febrero de 2023, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, se acordó celebrar durante el 2023 la I Reunión del Comité de Frontera Amazónico Sur en la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, Que, el Perú aceptó la propuesta brasileña, remitida mediante Nota DIBEP/37/PFRO BRAS PERU, de 11 de julio de 2023, respecto a realizar la I Reunión del Comité de Frontera Amazónico Sur, el 21 de septiembre de 2023, en la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, Que, conforme al Reglamento General de los Comités de Frontera entre la República del Perú y la República Federativa del Brasil, la Coordinación General de los Comités de Frontera es presidida por los Secretarios Ejecutivos de la Comisión Viceministerial de Integración Fronteriza Perú-Brasil, posiciones que recaen en el Director de Desarrollo e Integración Fronteriza del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y el Director del Departamento de América del Sur del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil; Que, se estima importante la participación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Gonzales Donayre, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, a fi n de dar debido seguimiento diplomático y político a la I Reunión del Comité de Frontera Amazónico Sur Perú-Brasil; Que, por razones de itinerario, el viaje del citado funcionario a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, se realizará del 20 al 22 de setiembre de 2023; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2023; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República José Luis Gonzales Donayre, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América, a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, del 20 al 22 de setiembre de 2023, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución: Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 0000917 (274) Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo; y, Código POI: AOI00004500449, Impulsar la Integración Fronteriza con los Países Vecinos, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos Clase Económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD José Luis Gonzales Donayre 2,174.09 370.00 2+1 1,110.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Río Branco, Estado de Acre, República Federativa del Brasil, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores,