NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (16/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 39
39 NORMAS LEGALES Sábado 16 de setiembre de 2023 El Peruano / ÁREAS GEOGRÁFICAS No. OBRAS DE EDIFICACIÓN Edificación de 1 y 2 Pisos Edi ficación de 1 y 2 Pisos Edi ficación de 3 y 4 Pisos Edi ficación de 3 y 4 Pisos (Terminada) (Casco Vestido) (Terminada) (Casco Vestido) M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total M.O. Resto Total Elem. Elem. Elem. Elem. 3 1,0000 1,0037 1,0037 1,0000 1,0046 1,0046 1,0000 1,0057 1,0057 1,0000 1,0052 1,0052 4 1,0000 1,0043 1,0043 1,0000 1,0044 1,0044 1,0000 1,0056 1,0056 1,0000 1,0051 1,0051 5 1,0000 0,9998 0,9998 1,0000 0,9981 0,9981 1,0000 1,0014 1,0014 1,0000 0,9998 0,9998 6 1,0000 1,0026 1,0026 1,0000 1,0021 1,0021 1,0000 1,0042 1,0042 1,0000 1,0031 1,0031 Artículo 2.- Los Factores de Reajuste serán aplicados a las Obras del Sector Privado, sobre el monto de la obra ejecutada en el período correspondiente. En el caso de obras atrasadas, estos factores serán aplicados sobre los montos que aparecen en el Calendario de Avance de Obra, prescindiéndose del Calendario de Avance Acelerado, si lo hubiere. Artículo 3.- Los factores indicados no serán aplicados: a) Sobre obras cuyos presupuestos contratados hayan sido reajustados como consecuencia de la variación mencionada en el período correspondiente. b) Sobre el monto del adelanto que el propietario hubiera entregado oportunamente con el objeto de comprar materiales especí fi cos. Artículo 4.- Los montos de obra a que se re fi ere el artículo 2 comprende el total de las partidas por materiales, mano de obra, leyes sociales, maquinaria y equipo, gastos generales y utilidad del contratista. Artículo 5.- Los adelantos en dinero que el propietario hubiera entregado al contratista, no se eximen de la aplicación de los Factores de Reajuste, cuando éstos derivan de los aumentos de mano de obra.Artículo 6.- Los factores totales que se aprueba por la presente Resolución, serán acumulativos por multiplicación en cada obra, con todo lo anteriormente aprobado por el INEI, desde la fecha del presupuesto contratado y, a falta de éste, desde la fecha del contrato respectivo. Artículo 7.- Las Áreas Geográ fi cas comprenden los departamentos siguientes: a) Área Geográ fi ca 1: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas y San Martín. b) Área Geográ fi ca 2: Ancash, Lima, Provincia Constitucional del Callao e Ica. c) Área Geográ fi ca 3: Huánuco, Pasco, Junín, Huancavelica, Ayacucho y Ucayali. d) Área Geográ fi ca 4: Arequipa, Moquegua y Tacna. e) Área Geográ fi ca 5: Loreto. f) Área Geográ fi ca 6: Cusco, Puno, Apurímac y Madre de Dios. Regístrese y comuníquese.DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe 2215916-4 ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Designan Subdirector de la Subdirección de Catalogación y Gestión de Usuarios del SEACE de la Dirección del SEACE del OSCE RESOLUCIÓN N° D000196-2023-OSCE-PRE Jesús María, 12 de setiembre del 2023VISTOS: El Informe N° D000286-2023-OSCE-UREH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° D00457-2023-OSCE-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Subdirector/a de la Subdirección de Catalogación y Gestión de Usuarios del SEACE de la Dirección del SEACE (CAP-P N° 225) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE; Que, en ese sentido, se estima conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, mediante los documentos de Vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, emiten opinión técnica y legal favorable, respectivamente, la designación del señor William Alberto Sánchez Elías; Con las visaciones de la Secretaria General, del Jefe de la O fi cina de Administración, del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos y del Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor William Alberto Sánchez Elías en el cargo de con fi anza de Subdirector de la Subdirección de Catalogación y Gestión de Usuarios del SEACE de la Dirección del SEACE (CAP-P N° 225) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, con efectividad al 18 de setiembre de 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.LAURA LISSET GUTIERREZ GONZALES Presidenta Ejecutiva 2215479-1