NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 7
7 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos (Ida): Lima-New Orleans, Lousiana (Estados Unidos de América) US$ 1,000.00 x 4 persona (Titular, esposa e hijos) US$ 4,000.00 Gasto de Traslado (Ida): US$ 6,416.28 x 2 compensaciones x 1 persona US$ 12,832.56 Compensación extraordinaria por servicios en el extranjero: US$ 6,416.28 x 2 meses (nov.-dic.) x 1 persona US$ 12,832.56 -------------------- Total a pagar: US$ 29,665.12 Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago de traslado y pasajes aéreos de retorno que originen el cumplimiento de la presente autorización de viaje en comisión del servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa-Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la boni fi cación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 7.- El O fi cial Superior designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado O fi cial Superior, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la comisión de servicio en el extranjero. Artículo 9.- El citado O fi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS CHÁVEZ CRESTA Ministro de Defensa 2216519-1 Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00932-2023-DE Lima, 18 de setiembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 5016/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el O fi cio N° 02123-2023-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 01396-2023-MINDEF/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO:Que, con Carta s/n del 19 de mayo de 2023, el Presidente de la Asociación de Prácticas del Canal de Panamá hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para que un Ofi cial Superior (Capitán de Navío) especialista en practicaje participe en el “XI Foro Latinoamericano de Prácticos 2023”, que se realizará en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 25 al 29 de setiembre de 2023, precisando que el foro tiene como propósito el intercambio de información, sobre nuevos procedimientos y uso adecuado de los remolcadores convencionales y azimutal para lograr una maniobra segura, actualización de las normas de seguridad en las maniobras, uso adecuado de los equipos de comunicaciones y ayuda a la navegación, conocimiento y familiarización con las frases y normativas vigentes dispuestas por la Organización Marítima Internacional, entre otros. Asimismo, indica que los gastos de alojamiento, alimentación, transporte local y pasajes aéreos serán sufragados por cada inscrito Que, mediante O fi cio N° 0278/42, el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú expresa su agradecimiento al Presidente de la Asociación de Prácticas del Canal de Panamá y hace de conocimiento la designación del Capitán de Navío Ruy Santa Cruz Obregón para participar en el “XI Foro Latinoamericano de Prácticos 2023”, en el lugar y fechas designadas; Que, con Informe Técnico N° 004-2023, el Jefe de la Primera Sección del Estado Mayor de la Comandancia General de Operaciones del Paci fi co señala que la participación del citado O fi cial Superior genera un impacto operacional favorable para la Institución, toda vez que permitirá actualizar sus conocimientos y competencias en el ámbito de practicaje; Que, mediante Informe Legal N° 077-2023, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pací fi co opina que es procedente autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Navío Ruy Santa Cruz Obregón, para participar en el “XI Foro Latinoamericano de Prácticos 2023”, a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá”; Que, con O fi cio Nº 1438/51, la Dirección General de Personal de la Marina remite, a la Comandancia General de la citada Institución Armada, la documentación para la autorización del citado viaje al exterior; Que, la Exposición de Motivos anexada al O fi cio Nº 1438/51, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada comisión de servicios, por cuanto, contribuirá a su desarrollo profesional, fortalecer sus conocimientos, competencias y red de contactos de mutua cooperación con prácticas del canal de Panamá, que posibiliten un puente de coordinación para realizar objetivos comunes. Asimismo, los conocimientos y habilidades adquiridos se verán plasmadas durante las maniobras a realizarse en los muelles de la Base Naval del Callao; Que, la Hoja de Gastos Nº 149-2023, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración y por el Director de Administración de Personal de la Institución Armada, señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se ejecutarán cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2023 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG Que, con Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 150-2023, el Jefe de la O fi cina de Planes, Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina detalla los recursos que se