NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Jueves 21 de setiembre de 2023 El Peruano / de Agua Potable y Alcantarillado de Chincha Sociedad Anónima - EPS SEMAPACH S.A., para fi nanciar la ejecución de la Medida Complementaria: “Mejoramiento Galería de Minaqueros” del Programa de Medidas de Rápido Impacto II, en el marco del Contrato de Aporte Financiero, Contrato de Préstamo y Acuerdo Separado, suscritos por la República del Perú y el Kreditanstalt für Wiederaufbau (KfW). Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría de Gasto 6: Gasto de Capital y Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursosLos recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto en el numeral 16.3 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2216963-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE Designan presidente del Consejo Regional del Deporte de La Libertad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 075-2023-IPD/P Lima, 19 de septiembre de 2023VISTOS: El O fi cio N° 001923-2023-GRLL-GOB, emitido por el Gobierno Regional de la Libertad; el Informe N° 000114-2023-OCR/IPD, emitido por la O fi cina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales; los Informes N° 018-2023-IPD/CEPCRD y N° 020-2023-IPD/CEPCRD, emitidos por el Comité de Evaluación de Postulantes Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte; los Informes N° 000919-2023-UP/IPD, N° 001025-2023-UP/IP, N° 001066-2023-UP/IP, emitidos por la Unidad de Personal; y, el Informe N° 000340-2023-OAJ/IPD de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y;CONSIDERANDOS: Que, conforme al artículo 7 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, y sus modi fi catorias, el Instituto Peruano del Deporte (IPD) es el ente rector del Sistema Deportivo Nacional y un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Educación, con autonomía técnica, funcional y administrativa para el cumplimiento de sus funciones, constituyéndose además en un pliego presupuestal; Que, por su parte el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 28036- Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, establece que los presidentes de los Consejos Regionales del Deporte (CRDs) son designados por el presidente del Instituto Peruano del Deporte, a propuesta del presidente (Gobernador) del Gobierno Regional de la jurisdicción; Que, en esa línea el numeral 13.3., del artículo 13 del Reglamento de la Ley N° 28036- Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2004-PCM, dispone que los Consejos Regionales del Deporte renuevan a sus miembros íntegramente cada tres (3) años, pudiendo ser reelegidos o designados, según sea el caso, por un periodo adicional, para lo cual los Gobiernos Regionales de la jurisdicción presentan una terna de candidatos; Que, el numeral 7.2 de la Directiva N° 071-2018- IPD/OCR denominada: “Evaluación de postulantes, designación y vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte. Versión: 1”, aprobada mediante Resolución de Presidencia N° 038-2018-IPD/P, de fecha 02 de marzo de 2018, establece que sesenta (60) días calendario antes de culminar el periodo de la designación del presidente del Consejo Regional del Deporte, el IPD solicitará mediante o fi cio dirigido al Gobierno Regional correspondiente, la rati fi cación del presidente en funciones o, caso contrario, la remisión de la terna de postulantes; Que, asimismo, el sub numeral 8.3.1 de la citada directiva dispone que los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte son designados por el presidente del Instituto Peruano del Deporte previo informe del Comité de Evaluación conformado para dicho fi n; Que, mediante el O fi cio N° 001923-2023-GRLL- GOB, el Gobierno Regional de la Libertad remitió a la Presidencia del Instituto Peruano del Deporte la terna de postulantes y documentación pertinente respecto de los postulantes propuestos para la evaluación y posterior designación del presidente del CRD de dicha jurisdicción; Que, Unidad de Personal a través del Informe N° 000919-2023-UP/IPD, remitió a la O fi cina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales, la evaluación de la terna de los postulantes a la Presidencia del Consejo Regional del Deporte de la Libertad; Que, a través del Informe N° 000114-2023-OCR/ IPD, de fecha 15 de septiembre de 2023, la O fi cina de Coordinación Regional Cooperación y Relaciones Nacionales e Internacionales (OCR), elevó a la Presidencia del IPD, el Informe N° 020-2023-IPD/CEPCRD, de fecha 15 de septiembre de 2023, en el cual informa que los miembros integrantes del Comité de Evaluación de Postulantes Designación y Vacancia de los Presidentes de los Consejos Regionales del Deporte, concluyeron que el postulante que reúne el per fi l y los requisitos para ser designado Presidente del Consejo Regional del Deporte de la Libertad, por un periodo de tres (3) años, es el señor KENNER GUSTAVO VEGA MERCADO; Que, el 19 de septiembre de 2023, la Unidad de Personal emite el Informe N° 001066-2023-UP/IPD, mediante el cual precisa que el señor KENNER GUSTAVO VEGA MERCADO cumple los requisitos establecidos en la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, la Ley N° 21419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, la Directiva N° 071-2018-IPD/OCR, el Clasi fi cador de Cargos de la entidad, y no tiene impedimentos para ser designado Presidente del Consejo Regional del Deporte de la Libertad, por lo que