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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (25/09/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 25 de setiembre de 2023 El Peruano / Capital, siempre que las mencionadas transferencias estén destinadas para fi nanciar inversiones. Asimismo, para el caso de transferencias fi nancieras se puede usar la genérica “Otros Gastos”, de corresponder. 7.2. En el caso de modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático para habilitar actividades de transferencias fi nancieras, la O fi cina de Presupuesto de la entidad deberá ́ cumplir y/o veri fi car lo siguiente: a) Registrar la información sobre los convenios y adendas que sustente la transferencia fi nanciera en el Módulo de información de convenios, siempre que la normativa vigente incluya como requisito la suscripción de un convenio previamente. El registro deberá de ser efectuado antes del envío de la solicitud según lo expuesto en el numeral 14 de los presentes Lineamientos, b) Indicar el monto de la transferencia, las inversiones o proyectos a fi nanciar y la entidad que recibirá los recursos, c) Para los casos en que la transferencia se efectúa para habilitar la misma inversión que es materia de anulación, el monto máximo a ser anulado por inversión será ́ igual a la programación de ejecución fi nanciera registrada en el Formato No 12-B, d) Veri fi car la emisión de Acuerdo de Consejo Regional o Acuerdo Municipal que autoriza la transferencia fi nanciera, según corresponda, en el caso de transferencias entre gobiernos subnacionales y de estos al Gobierno Nacional, e) Remitir el informe de opinión favorable emitida por la OPMI o la O fi cina de Presupuesto de la entidad, conforme a lo señalado en el inciso 5.1 del numeral 5 de los presentes Lineamientos, de corresponder, f) En todos los casos, la OPMI deberá ́ verifi car que la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferirá ́ los recursos cuente con las competencias correspondientes para su ejecución; Que, mediante la HRyC Nº 19576-2023, que contiene el O fi cio Nº 484-2023-MDLU/A, de fecha 05 de julio de 2023, en la que el Alcalde de la Municipalidad de La Unión – Piura, solicita Transferencia de Recursos Económicos para Ejecución de Proyecto el cual cuenta con los siguientes documentos: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE LA UNIÓN – PROVINCIA DE PIURA – DEPARTAMENTO DE PIURA” con CUI Nº 2454960. -Acuerdo de Consejo Municipal Nº 037-2023-MDLU- CM, de fecha 01 de Junio, la cual resuelve: ARTÍCULO PRIMERO: APROBAR la Celebración y Suscripción del CONVENIO INTERINSTITUCIONAL entre de la Municipalidad Distrital de La Unión – Piura y el Gobierno Regional de Piura, para el co fi nanciamiento de ejecutar S/ 2´641,066.99 (40%) para la ejecución del PIP “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE LA UNIÓN – PROVINCIA DE PIURA – DEPARTAMENTO DE PIURA” con CUI Nº 2454960. -CD, con información del Proyecto denominado: “MEJORAMIENTODEL SERVICIO DE SEGURIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE LA UNIÓN – PROVINCIA DE PIURA – DEPARTAMENTO DE PIURA CUI Nº 2454960, POR UN MONTO TOTAL DE INVERSIÓN DE OBRA S/ 2´641,066.99 (Dos Millones Seis Cientos Cuarenta y Un Mil Sesenta y seis con 99/100 soles); Que, con Informe Nº 0100-2023/GRP-410000, de fecha 19 de junio de 2023, el Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución de una inversión para la MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA UNION. Según el siguiente detalle: CC.U.I. PROYECTOMONTO A TRANSFERIR 2454960MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE SEGU- RIDAD CIUDADANA EN EL DISTRITO DE LA UNIÓN - PROVINCIA DE PIURA - DEPARTA-MENTO DE PIURA2´582,067.00 TOTAL 2´582,067.00 Que, mediante Informe Nº 195-2023/GRP-410110 de fecha 22 de junio de 2023, el Jefe de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones, remite opinión técnica a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, respecto a propuesta de modi fi cación Presupuestaria – Transferencia Financiera a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA UNION para una inversión por un monto total de S/ 2´582,067.00 (Dos Millones Quinientos Ochenta y Dos Mil Sesenta y siete con 00/100 soles), la misma que ha sido priorizada por la Alta Dirección; Que, mediante al Informe Técnico Nº 076-2023/LAAA de fecha 21 de junio de 2023, emite opinión favorable respecto de la modi fi cación presupuestal presentada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en relación a la transferencia fi nanciera para fi nanciar la ejecución de una inversión para la MUNICIPALIDAD DISTRITAL LA UNIÓN; Que, con Informe Nº 0113-2023/GRP-410000, de fecha 26 de junio de 2023, el Gerente de Planeamiento Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, alcanza información favorable a favor de las transferencias fi nanciera documento dirigido la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, a través del Informe Nº 1550-2023/GRP- 460000, de fecha 28 de junio de 2023, el Jefe de Asesoría Jurídica, se dirige al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; señala que la solicitud de la Municipalidad Distrital de La Unión, se encuentra enmarcada dentro de las denominadas transferencias fi nancieras autorizadas por la Ley Nº 31638, que aprueba el Presupuesto en el Sector Público para el año Fiscal 2023, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el tercer trimestre del año 2023; Dicho trámite requiere del informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y la suscripción previa del convenio respectivo, para luego ser emitida al Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, (…); Que, con Proveído de fecha 03 de julio de 2023, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial; solicita a la Sub Gerencia Regional de Presupuesto Crédito y Tributación, para que realice el informe presupuestal respectivo, a lo que responde a través del proveído de fecha 04 de julio del 2023, con el pase a Gerencia General Regional, continuar trámite, mencionando que dicha gerencia ya emitió informe de conformidad presupuestal (informe Nº 113 -2023-GRP-410000). Por su parte Gerencia General Regional emite proveído 06 de julio del 2023, que dirige a Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica con el asunto, anexar convenio, a su vez dicha o fi cina le da el pase para la respectiva atención; Que, a través del Informe Nº 1587-2023/GRP-460000, de fecha 06 de agosto de 2023, el Jefe de Asesoría Jurídica, emite lo siguiente: III. CONCLUSIONES: Por las consideraciones expuestas, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina que: 3.1.-En el presente año fi scal 2023, el artículo 16, literal h), de la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, ha autorizado que entre los niveles de gobierno subnacional, (entre el nivel de gobierno regional y el nivel de gobierno local), realicen transferencias fi nancieras para fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. 3.2.-Conforme al numeral 16.2 de la Ley Nº 31638, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1, por ejemplo, para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se realizan, en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante acuerdo de Consejo Regional. Para tal efecto, la norma requiere sólo el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. 3.3.-Contando con la opinión favorable respecto a la transferencia presupuestal por el monto de S/ 2´641,066.99 (Dos Millones Seis Cientos Cuarenta y Un Mil Sesenta y seis con 99/100 soles), durante el presente