NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/09/2023)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Martes 26 de setiembre de 2023 El Peruano / Municipalidades, entre ellos, modi fi ca su numeral 36 del artículo 20º, mediante el cual señala que es una atribución del alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local; Que, asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119- A a la Ley N.º 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Es así que mediante Ordenanza Municipal N°006- 2023/MDPN se aprueba el “Reglamento Marco para el Desarrollo de las Audiencias Públicas Municipales de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra”. Que, en esa línea mediante el Memorándum N°071- 2023-GM/MDPN de la Gerencia Municipal, sustenta la propuesta de convocar a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra. Que, mediante el Informe N.º 130-2023-OGAJ/MDPN de la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del Decreto de Alcaldía que tiene como objeto convocar a la segunda Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, a realizarse el día 29 de setiembre de 2023, en modalidad virtual. En ese contexto, estando a las consideraciones precedentes y en uso de la facultad conferida en el numeral 6 del artículo 20°de la Ley N.° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades SE DECRETA:Artículo Primero.- CONVOCAR a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Punta Negra, conforme se detalla a continuación: ACTIVIDAD FECHAS Y DESCRIPCIÓN Día y hora de Audiencia: Viernes 29 de setiembre de 2023, a las 11:00 a.m. Lugar: Plaza de Armas de Punta Negra Agenda: Rendición de Cuentas Enero-Setiembre 2023 Modalidad de la audiencia: Virtual Cronograma de ActividadesDel 01 al 08 de setiembreDecreto de Alcaldía que APRUEBA la convocatoria para la Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas. Del 11 al 27 de setiembreConstitución y Reuniones del Equipo Técnico Municipal Encargado de la Recopilación de Información a Difundir. Del 11 al 27 de setiembre Difusión de la convocatoria a través de los medios informáticos y audio visuales disponible. Del 11 al 27 de setiembre Inscripción de Participantes debiendo cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento. 28 de setiembre Publicación de Lista de Participantes-Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales. 29 de setiembre Audiencia Pública Municipal de Rendición de Cuentas. ACTIVIDADES POST 02 al 06 de octubreElaboración del Informe Final de la Rendición de Cuentas. 23 al 27 de octubrePublicación de Resultados Artículo Segundo.- CONSTITUIR el Equipo Técnico Municipal responsable del cumplimiento de las actividades diseñadas para su realización e integrado por los funcionarios de: 1. Gerente Municipal (quien lo preside). 2. O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto.3. O fi cina General de Asesoría Jurídica. 4. O fi cina General de Administración y Finanzas. 5. Ofi cina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria. 6. Gerencia de Desarrollo Territorial.7. Gerencia de Administración Tributaria.8. Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Municipales. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Gerente de Desarrollo Social y Servicios Municipales los procedimientos para la identi fi cación e inscripción de los participantes conforme lo señala el Reglamento Marco para las Audiencias Públicas Municipales. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la OFICINA GENERAL DE ATENCIÓN AL CIUDADANO Y GESTIÓN DOCUMENTARIA, la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” el presente Decreto, así como, a la OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, el cumplimiento de la publicación del texto íntegro del mismo en el Portal de Transparencia Estándar del Estado Peruano y en el Portal Web de la Entidad www.munipuntanegra.gob.pe. Artículo Quinto.- ESTABLECER que el presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.EULOGIO HUYHUA CCACCYA Alcalde 2217092-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE MI PERÚ Convocan a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2023-MDMP Mi Perú, 25 de setiembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: El Memorando N°1182-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N°405-2023-MDMP-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, El Memorando N°1172-2023-MDMP/GM de la Gerencia Municipal , el informe N°033-2023-MDMP/GDSVE, de la Gerencia de Desarrollo Social, Vecinal y Económico sobre la convocatoria a Audiencia Pública de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, correspondiente al periodo del Primer Semestre del año 2023 y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N°27972 – establece que “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico; promoviendo, apoyando y reglamentando la participación vecinal en el desarrollo local;