NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2023 (26/09/2023)
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48 NORMAS LEGALES Martes 26 de setiembre de 2023 El Peruano / 2.- DISPONER que la transferencia fi nanciera que se aprueba no podrá ser destinada a ninguna actividad y/o proyecto distinto a lo señalado en el Artículo 1° del presente Acuerdo de Consejo Regional, bajo responsabilidad. 3.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional el seguimiento, supervisión, control y fi el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional, conforme a lo dispuesto por el Artículo 25° y siguientes de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias. 4.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, bajo responsabilidad, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas del Proyecto de Inversión Pública que han dado lugar a la autorización de transferencia fi nanciera e informar periódicamente al Consejo Regional de lo antes señalado, conforme al Numeral 16.3 del Artículo 16° de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. 5.- EXHORTAR a la Municipalidad Distrital de Ventanilla bene fi ciaria de la transferencia económica, a realizar las rendiciones de cuentas en forma oportuna, no esperando a la fi nalización de ejecución del proyecto. 6.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional del Callao, poner en conocimiento de la Municipalidad Distrital de Ventanilla de la Provincia Constitucional del Callao, del presente Acuerdo de Consejo Regional 7.- DISPONER la publicación del Acuerdo de Consejo Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, conforme lo dispuesto en el Numeral 16.2 del Artículo 16° de la Ley 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023. 8.- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTOMando se registre y cumpla.JOSÉ REMIGIO SOSA DULANTO BADIOLA Consejero Delegado HAROLD ANGULO CÁRDENAS Secretario del Consejo Regional 2218527-1 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban y autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, destinada a financiar la contratación de los servicios de sociedades de auditoría ACUERDO REGIONAL Nº 000091-2023-GRLL-CR Trujillo, 7 de septiembre de 2023 “APROBAR Y AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, DESTINADA A FINANCIAR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SOCIEDADES DE AUDITORÍA, EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 20º DE LA LEY Nº 27785, MODIFICADA POR LA LEY Nº 30742, LEY DEL FORTALECIMIENTO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA” El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en Sesión Ordinaria presencial de fecha 05 de septiembre de 2023, VISTO Y DEBATIDO, el O fi cio Nº 000033-2023-GRLL-CR-COMPLAN, suscrito por la presidenta de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Lic. Tania Lorena Carranza Blas, que contiene el Dictamen Nº 007-2023-GRLL-CR/COMPLAN, recaído en el Proyecto de Acuerdo Regional relativo a Aprobar y Autorizar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de s/. 419,268.00, a favor de la Contraloría General de la Republica del costo total del arancel fi jado por la Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG para efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2023 del Gobierno Regional La Libertad; así como, para el pago del derecho de designación por el monto de s/ 42,638.00, montos que han sido establecido por la Contraloría General de la República a través de la Resolución de Contraloría nº 237- 2021- CG, del 4 de noviembre del 2021, conforme a lo previsto en el artículo 20º de la Ley Nº 27785, modi fi cado por la ley Nº 30742; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191º de la Constitución Política del Estado y artículo 2º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39º de la Ley Nº 27867, que señala: “Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...);” Que, los literales a) y d) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Consejo Regional aprobar y modi fi car o derogar las normas que regulen y reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional y aprobar los Estados Financieros y Presupuestarios; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala: Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal, concordante, con el artículo 39º de la Ley glosada, prescribe: Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de prácticas un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, según el artículo 20º de la Ley 27785, modi fi cado por la Ley 30742, entre otros aspectos dispone que: - Las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. - Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto. Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 005-2010-GRLL/CR, en su artículo 53º prescribe: “Los Dictámenes