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12 NORMAS LEGALES Sábado 24 de agosto de 2024 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Devolución de los pagos indebidos o en exceso del Impuesto realizados en moneda nacional por el sujeto no domiciliado a) La devolución de los pagos indebidos o en exceso a que se re fi ere el segundo párrafo del numeral 7 del artículo 49-A de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo realizados en moneda nacional se efectúa, en tanto no se apruebe el decreto supremo a que se re fi ere el artículo 11-Ñ incorporado al Reglamento por el presente dispositivo, mediante abono en cuenta corriente o de ahorros conforme al Decreto Supremo N° 155-2011-EF “Devolución de pagos indebidos o en exceso de deudas tributarias cuya administración está a cargo de la SUNAT, del saldo a favor materia del bene fi cio, del reintegro tributario para la Región Selva y del reintegro tributario, mediante abono en cuenta corriente o de ahorros”. b) Respecto de las solicitudes de devolución de pagos indebidos o en exceso del Impuesto realizados en moneda nacional a que se re fi ere la presente disposición complementaria fi nal resulta de aplicación lo dispuesto en el inciso c) del primer párrafo del artículo 39 del Código Tributario. De quedar un saldo por devolver, la devolución se realiza conforme a lo dispuesto en el literal anterior. En caso de que el sujeto no domiciliado tenga deudas tributarias exigibles, la SUNAT puede emitir Notas de Crédito Negociables o cheques no negociables hasta por el monto de aquellas, para que se apliquen contra dichas deudas. El cheque no negociable a que se re fi ere el párrafo anterior se gira a la orden de la SUNAT. Para este efecto, se entiende como exigibles las deudas a que se re fi ere el artículo 115 del Código Tributario. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de agosto del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas 2318539-1 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión DECRETO SUPREMO Nº 158-2024-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, crea la referida entidad como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargado de brindar asistencia técnica en la elaboración de estudios de preinversión y expedientes técnicos o documentos equivalentes de los proyectos de inversión a cargo de los gobiernos regionales y locales, incluyendo su elaboración, previo convenio de delegación; así como, la asistencia técnica durante la ejecución física del proyecto de inversión, respecto del expediente técnico elaborado por el OEDI; Que, la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1615 establece que, para el inicio de las operaciones del Pliego Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, se autoriza al Poder Ejecutivo, durante el Año Fiscal 2024, a aprobar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de este último; Que, mediante el O fi cio Nº D001461-2024-PCM- SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión – OEDI para fi nanciar el inicio de sus operaciones, en el marco de lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1615; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº D000118-2024-PCM- OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el sustento correspondiente; Que, mediante el Memorando Nº 1498-2024-EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 1778-2024-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para la contratación de personal bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y para el pago de viáticos en comisión de servicios solicitado por el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 4 962 606,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, a favor del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 4 962 606,00 (CUATRO MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI para fi nanciar el inicio de sus operaciones, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de lo establecido en la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1615, Decreto Legislativo que crea el Organismo de Estudios y Diseño de Proyectos de Inversión - OEDI, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General – PCM CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones CentralesACTIVIDAD 5000001 : Planeamiento y PresupuestoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 4 962 606,00 --------------------- TOTAL EGRESOS 4 962 606,00 ============