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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2024 El Peruano / respetar, asegurar, proteger y promover por parte del Estado. Por su parte, las barreras sistemáticas son patrones de comportamiento que forman parte de las estructuras sociales y administrativas. De igual manera, las barreras estructurales se basan en las limitaciones sociales y culturales producto de diversos factores que impactan en todas las dimensiones de la vida humana. Por último, en necesario resaltar que el problema público presenta también cuatro (4) efectos, que generan una situación de pobreza multidimensional y vulnerabilidad en las personas (ver Figura 1). 3. Situación futura deseada Al año 2040, las personas ejercen sus derechos humanos en condiciones de igualdad y no discriminación estructural. El índice de igualdad y no discriminación en el ejercicio pleno de derechos humanos, que se situaba en 74.2 en 2021, ha experimentado un ascenso signi fi cativo, alcanzando 82.5 en 2040. Este incremento de 8.3 puntos representa un avance del 11.2 %, que indica el progreso en el ejercicio pleno de los derechos humanos. Tomando en cuenta dicho escenario futuro, así como el problema público identi fi cado, se seleccionaron nueve (9) alternativas de solución para abordar o mitigar la desigualdad y discriminación estructural, las mismas que resultaron de la evaluación de los siguientes criterios: viabilidad política, social, administrativa y la efectividad. 2 En esa línea de ideas, para lograr la situación futura deseada al 2040, el MINJUSDH asumirá su rol de entidad articuladora de la política social, a través de la coordinación e integración de las intervenciones provistas por distintos sectores y niveles de gobierno. 4. Objetivos prioritarios La PNMDH de fi ne cuatro (4) objetivos prioritarios y diez (10) lineamientos (ver Tabla 1) que orientarán las intervenciones del Estado en la materia de derechos humanos al 2040. Estos se alinean a las causas directas del problema público y las alternativas de solución reseñadas previamente. 3 • Objetivo Prioritario 1. Fortalecer el pleno ejercicio de los derechos de los grupos en situación de especial vulnerabilidad. Considerando que, el ejercicio pleno de derechos es la satisfacción de las necesidades y exigencias propias de la dignidad humana, su fortalecimiento toma como punto de partida el reconocimiento y protección en instrumentos jurídicos, e implica, también, garantizar, mediante obligaciones de hacer por parte del Estado peruano, que las personas puedan disfrutarlos. Ahora bien, debe tenerse en cuenta que, históricamente, determinados grupos o colectivos han estado expuestos a situaciones de mayor vulnerabilidad en el ejercicio de sus derechos, sufriendo mayores limitaciones, requiriendo para contrarrestar ello, el acceso a servicios públicos e fi cientes y de calidad. Este objetivo cuenta con cuatro (4) lineamientos: 1. Desarrollar estrategias innovadoras que contribuyan a la reducción de la vulnerabilidad; 2. Consolidar la gestión de la información en materia de derechos humanos; 3. Transversalizar el enfoque interseccional en las políticas públicas y 4. Mejorar el acceso a intervenciones públicas para los grupos en situación de especial vulnerabilidad. • Objetivo Prioritario 2. Fortalecer la gobernanza para el ejercicio pleno de los derechos humanos de las personas. La gobernanza es un concepto central que reconoce la importancia de la coordinación entre las entidades gubernamentales y también conlleva la colaboración con actores no estatales para abordar desafíos que trascienden las fronteras políticas tradicionales. En ese marco, este objetivo propone un escenario donde los diversos actores en el sistema peruano, es decir, entidades gubernamentales, sector privado, organizaciones internacionales y la sociedad civil, entre otras, puedan tener la posibilidad de establecer relaciones de intercambio y colaboración con las diferentes instancias del Estado peruano, incidiendo de este modo en la toma de decisiones y el diseño o formulación de políticas públicas en materia de derechos humanos. Este objetivo cuenta con dos (2) lineamientos: 1. Fortalecer la participación social en las políticas públicas en materia de derechos humanos en los espacios representativos a nivel territorial; y 2. Mejorar la coordinación interinstitucional multinivel para la protección efectiva de los derechos humanos. • Objetivo Prioritario 3. Reducir la prevalencia de estereotipos, prejuicios, estigmas y actitudes negativas en el ejercicio pleno de los derechos de las personas. La discriminación basada en estereotipos y prejuicios conlleva al aislamiento de grupos en situación de especial vulnerabilidad, situación que impacta directamente en el goce y acceso de derechos. Por su parte, las prácticas estigmatizadoras tienen impacto directo en el acceso a los derechos fundamentales y puede manifestarse en diferentes contextos, como la atención médica, el acceso a un puesto de trabajo, participación política, entre otros. En estos escenarios, las personas estigmatizadas por diferentes condiciones pueden enfrentar limitaciones adicionales para ejercer sus derechos debido a los estigmas que socavan su dignidad y autonomía. En ese marco, el objetivo prioritario busca reducir la prevalencia de estos elementos para promover la igualdad, la inclusión y el respeto a la diversidad, y para garantizar que todas las personas puedan ejercer plenamente sus derechos y participar activamente en la sociedad. Para tal fi n, se requiere de acciones concretas a nivel individual orientadas al empoderamiento ciudadano, institucional y comunitario, que fomenten la educación, la sensibilización, el diálogo y el respeto mutuo, así como el diseño e implementación de políticas públicas que promuevan la igualdad de oportunidades para todas las personas, considerando sus particularidades y pertenencia o una o varios grupos vulnerables. Este objetivo cuenta con dos (2) lineamientos: 1. Empoderar a la ciudadanía para el ejercicio pleno de sus derechos; y 2. Implementar estrategias en materia de empresas y derechos humanos en el sector público y privado. • Objetivo Prioritario 4. Disminuir las barreras institucionales, sistemáticas y estructurales de discriminación que restringen el ejercicio pleno de los derechos de las personas. Considerando que las barreras de discriminación perpetúan la desventaja de grupos en especial situación de vulnerabilidad y están estrechamente vinculados a diversos tipos de discriminación, creando y manteniendo desigualdades signi fi cativas en el ejercicio de derechos. La disminución de estas barreras conlleva al poder público a propiciar la satisfacción de las necesidades y exigencias inherentes a la dignidad humana, desarrollando acciones orientadas a: i) identi fi car y contrarrestar la existencia de patrones sistemáticos de discriminación en una zona geográ fi ca, Estado o región; ii) formular e implementar políticas, medidas o normas – de jure o de facto anti discriminatorias; y, iii) analizar y considerar el contexto histórico, socioeconómico y cultural (Pelletier, 2014). En dicha línea, este Objetivo Prioritario busca atender a todas las personas, y en ese sentido, como parte del planteamiento del mismo, se tiene la promoción de la igualdad, de modo que se genere acceso igualitario a las oportunidades y servicios públicos, independiente de cualquier característica individual o factor social de especial protección. En segundo lugar, se apunta al fortalecimiento de la con fi anza en las instituciones, para mejorar la percepción pública, y con ello, conseguir cohesión social. Por último, se busca aumentar la e fi cacia del Estado, al hacer más e fi cientes y accesibles, sin ningún trato desigualitario, los servicios públicos, contribuyendo al desarrollo y equidad social. Este objetivo cuenta con dos (2) lineamientos: 1. Aplicar el enfoque de derechos humanos en la integridad pública en las entidades del Estado; y 2. Fortalecer la formación en derechos humanos con enfoque intercultural e inclusivo a la ciudadanía y personal del servicio público.