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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 7 de diciembre de 2024 El Peruano / PCD de fecha 04 de diciembre de 2024, adjuntando el Informe Técnico Nº 000010-2024-CEPLAN-DNCPPN, el cual contiene la opinión técnica favorable sobre la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM; y, la Guía de Políticas Nacionales, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0030- 2023/CEPLAN/PCD; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 Aprobar la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040, que, como anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Ámbito de Aplicación2.1 La Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 es de cumplimiento obligatorio para las entidades de la Administración Pública, señaladas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado, por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en el marco de sus competencias, así como para las personas jurídicas de derecho privado y la sociedad civil, en cuanto les sea aplicable. 2.2 Las entidades de la Administración Pública en todos los niveles de gobierno y en el marco de sus competencias asumen los roles, obligaciones y responsabilidades, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018- PCM. Artículo 3.- Conducción de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 La conducción de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 está a cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Artículo 4.- Implementación la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 Las entidades de la Administración Pública responsables de los objetivos prioritarios, lineamientos, servicios y actividades operativas de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 están a cargo de su implementación y ejecución, conforme a sus funciones y competencias, a través de los diferentes planes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN. Para tal efecto, dichas entidades coordinan con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la implementación de los servicios, actividades operativas y otras intervenciones que contribuyan al cumplimiento de los objetivos prioritarios de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040. Artículo 5.- Seguimiento y evaluación5.1 El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a través de la Dirección de Políticas y Gestión en Derechos Humanos, unidad orgánica de la Dirección General de Derechos Humanos, en coordinación con la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, tiene a su cargo el seguimiento y la evaluación de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040. 5.2 El proceso de seguimiento y evaluación se realiza de conformidad con las pautas metodológicas que establece el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN en materia de seguimiento y evaluación de políticas nacionales y aquellas que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos considere pertinente. 5.3 Las entidades de la administración pública que son responsables del cumplimiento de los objetivos prioritarios, servicios y sus respectivos indicadores; así como, de las actividades operativas de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040, brindan oportunamente información al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con el fi n de realizar el seguimiento, evaluación y reporte de cumplimiento de la referida política. Artículo 6.- Financiamiento, implementación y ejecución de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 La implementación de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 se realiza de manera progresiva y se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de las entidades de la administración pública involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 7.- Publicación del presente Decreto Supremo y su Anexo El presente Decreto Supremo y su Anexo se publican en la Plataforma Digital Única del Estado peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), y en las sedes digitales de los ministerios cuyos titulares lo refrendan, el mismo día de la publicación de la presente norma y del Resumen Ejecutivo de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 8.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Salud, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Cultura, el Ministro de Relaciones Exteriores, el Ministro de Educación, el Ministro del Interior, el Ministro de Defensa y el Ministro del Ambiente. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. Plazo para establecer y/o validar las metas de los servicios de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040. Los sectores intervinientes en la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 establecen y/o validan las líneas base y metas de los indicadores de los servicios de la política nacional, de corresponder, dentro del plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos aprueba dichas líneas base y metas mediante resolución ministerial. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Adecuación de instrumentos de planeamiento Las entidades involucradas en la implementación de la Política Nacional Multisectorial de Derechos Humanos al 2040 adecúan progresivamente sus instrumentos de planeamiento a lo establecido en dicha política nacional, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 11.4 del artículo 11 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2018-PCM. Segunda. Aprobación de fi chas técnicas de indicadores y elementos de fi chas de servicios Se faculta al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (MINJUSDH) a aprobar, mediante Resolución Ministerial, la modi fi cación de las fi chas técnicas de los indicadores de la Política Nacional, así como los elementos de las fi chas de servicios. Dicha aprobación deberá contar con el informe de sustento emitido por el MINJUSDH y por la entidad responsable de brindar el servicio, además de la opinión técnica favorable del CEPLAN, quien brindará