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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Lunes 16 de diciembre de 2024 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO Ordenanza Municipal que modifica e incorpora en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, dos procedimientos administrativos, un servicio prestado en exclusividad y siete procedimientos administrativos estandarizados ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000009-2024- MPCP/ALC Callera, 18 de octubre del 2024 LA SEÑORA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Provincia de Coronel Portillo, visto el Expediente Nº GAJ00020240000146, en Sesión Ordinaria Nº 018-2024, de fecha 17 de septiembre de 2024, emitió el Acuerdo Nº 108-2024, conteniendo en el acta de la referida sesión, y;CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional – en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Consejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de acuerdo al artículo 200º numeral 4 de la Carta Magna y el artículo 40º de la Ley Nº 27972. Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 195º estipula que “Los Gobiernos Locales son competentes para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley; del mismo modo en el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, los artículos 43º y 44º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, disponen la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de elaborar, aprobar y publicar el ingreso de su Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) cumpliendo los requisitos establecidos para tal fi n; Que, con Resolución de la Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM/SGP, se aprueba el Nuevo Formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y se dispone que el mismo compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. Portal de Gestión de Atención al Cliente 915 248 103915 248 103Escanea el código QR pgaconsulta@editoraperu.com.pepgaconsulta@editoraperu.com.pe eeeSZ^S`cO\]^S^UOSimplificando acciones, agilizando procesos SENCILLO Herramienta amigable para publicar dispositivos en la separata Normas Legales. RÁPIDO Agiliza los trámites de publicación utilizando canales virtuales. SEGURO Trámite validado mediante firma digitaldel responsable de la institución. La solución digital para publicar normas legales y declaraciones juradas en El Peruano. Escanea el códóddddódigigigigigigigooooooo o oQRRQRQRQRQRQRQRQQ dódódód plificando accioness s