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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024 (16/12/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Lunes 16 de diciembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Dictamen Nº 003-2024-MPCP-CM- CPPRyDE de fecha 29 de agosto de 2024, la Comisión de Plani fi cación, Presupuesto, Rentas y Desarrollo Económico, opina que se apruebe el proyecto de ordenanza municipal suba materia; dictamen que se aprobó por unanimidad de votos del número legal de miembros del concejo, según Acuerdo Nº 108-2024 del acta de la Sesión Ordinaria Nº 18-2024 del 17 de septiembre de 2024; hecho que es comunicado por la Gerente de Secretaría General, según Informe Nº 000287-2024-MPCP/ALC-GSG de fecha 15 de octubre de 2024. Que, estando a los fundamentos facticos y legales precedentemente expuestos, por unanimidad de votos del número de sus miembros, el Concejo Municipal aprobó la siguiente norma municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE MODIFICA E INCORPORA EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CORONEL PORTILLO, DOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS, UN SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD Y SIETE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS ESTÁNDARIZADOS Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo en cuanto a dos procedimientos administrativos, un servicio estándar y cinco procedimientos administrativos estandarizados; y en consecuencia incorpórese dos procedimientos administrativos estandarizados, contenidos en el anexo que se publicará de acuerdo a lo establecido en el artículo décimo cuarto de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR los derechos de trámite de los dos procedimientos administrativos, un servicio estándar y siete procedimientos administrativos estandarizados, modi fi cados e incorporados en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, los cuales se detallan en el anexo que se publicará de acuerdo a lo establecido en el artículo décimo cuarto de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo precedente, serán exigibles a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial el Peruano. Artículo Cuarto.- PRECISAR que estos procedimientos administrativos se implementaron anteriormente por necesidad institucional, por lo que la modi fi cación se debe al incremento en la tarifa de los derechos de tramitación. Para el procedimiento administrativo “Certi fi cación del Sello Municipal a la calidad Turística”, la certi fi cación tendrá una vigencia de 03 años, para los usuarios que renuevan por primera vez será totalmente gratuito por única vez. Artículo Quinto.- PRECISAR que este servicio prestado en exclusividad vinculado con las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, se implementó anteriormente de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM, por lo que la modi fi cación se debe al incremento en la tarifa de los derechos de tramitación. Artículo Sexto.- PRECISAR que cinco procedimientos administrativos estandarizados, tales como “Inspección Técnica de Seguridad en Edifi caciones posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo bajo”, “Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones posterior al inicio de actividades para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo medio”, “Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo bajo”, “Renovación del certi fi cado de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones para establecimientos objeto de inspección clasi fi cados con nivel de riesgo medio” y “Licencia de funcionamiento para edi fi caciones cali fi cadas con nivel de riesgo bajo (Con ITSE Posterior)” se implementaron anteriormente de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 043-2021-PCM y Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM, por lo que la modi fi cación se debe al incremento en la tarifa de los derechos de tramitación. Artículo Séptimo.- PRECISAR que los procedimientos administrativos estandarizados vinculados con las licencias de funcionamiento recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en el Decreto Supremo Nº 200-2020-PCM. Artículo Octavo.- APROBAR la incorporación de los formularios estandarizados de los procedimientos administrativos estandarizados y un servicio prestado en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, los cuales corresponden al anexo descrito en los artículo primero y segundo de la presente ordenanza. Artículo Noveno.- La norma que aprueba el TUPA se publica en el diario o fi cial El Peruano; el TUPA y la disposición legal de aprobación o modi fi cación se publica obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano. Adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional de la entidad. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, a través de la Sub Gerencia de Racionalización, publicar la versión actualizada del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, en marco a las modi fi caciones e incorporaciones dispuestas en la presente ordenanza, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de su publicación. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal la difusión mediante memorándum a las diferentes unidades orgánicas de la MPCP la actualización del TUPA. Artículo Décimo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Desarrollo Social, Sub Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres y la Sub Gerencia de Comercialización el cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Décimo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Sub Gerencia de Tesorería y en coordinación con la Ofi cina de Tecnologías de la Información (OTI), proceda con la actualización de las tasas administrativas en el sistema de caja a su cargo, de acuerdo a la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos, dispuesta. Artículo Décimo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente ordenanza y de sus anexos (1 y 2) en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Coronel Portillo, en el portal del diario o fi cial El Peruano y en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano. Artículo Décimo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General, la distribución y publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Décimo Sexto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Publíquese, difúndase, regístrese y cúmplase. JANET YVONE CASTAGNE VASQUEZ Alcaldesa Provincial * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2337503-1