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5 NORMAS LEGALES Viernes 26 de enero de 2024 El Peruano / Nº 265-2010-PCM y la Resolución Ministerial Nº 148- 2021-PCM, se crea la condecoración denominada “Medalla al Mérito Ciudadano” que se otorga a las personas naturales y/o jurídicas, así como a cualquier institución, iniciativa ciudadana, colectivo u otros, que hayan destacado en el ejercicio de su profesión, o fi cio o hayan realizado actividades en bene fi cio de la Nación, de la sociedad, su comunidad o sus prójimos, siendo un ejemplo a seguir; Que, el numeral 1) del artículo 5 de la citada Resolución Ministerial señala que el/la Presidente/a del Consejo de Ministros puede proponer de o fi cio, o a pedido de alguna entidad pública, la persona, institución u otro que considere merecedora de la condecoración; asimismo, el numeral 4) del referido artículo señala que el Comité de Condecoración evalúa la o las propuestas y elige a las personas, instituciones u otros que se hagan merecedoras de la condecoración; Que, en Sesión Nº 01/2024 del Comité de Condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano”, se propuso otorgar dicha condecoración en mérito a sus destacadas labores en el proceso seguido ante la Corte Internacional de Justicia que permitió el establecimiento del límite marítimo entre el Perú y Chile, al Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República, JOSE ANTONIO GARCIA BELAUNDE; a la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, MARISOL FLAVIA AGÜERO COLUNGA; al doctor EDUARDO JOSE FERRERO COSTA; al doctor ROBERTO MAC LEAN UGARTECHE; al doctor JUAN JOSE RUDA SANTOLARIA; al Vicealmirante AP (r) CARLOS ENRIQUE GAMARRA ELIAS; al Capitán de Navío AP (r) AQUILES EDUARDO CARCOVICH CARCOVICH; y, al Capitán de Corbeta AP (r) JAIME ARTURO VALDEZ HUAMAN; Que, luego de evaluar la propuesta, el referido Comité acordó por unanimidad otorgar la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano” a las personas antes mencionadas; motivo por el cual, se ha visto por conveniente formalizar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Resolución Ministerial Nº 440-2009-PCM, que crea la condecoración denominada “Medalla al Mérito Ciudadano”; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalización de condecoración Formalizar la condecoración “Medalla al Mérito Ciudadano”, otorgada a las siguientes personas: - Embajador (r) en el Servicio Diplomático de la República, JOSE ANTONIO GARCIA BELAUNDE. - Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, MARISOL FLAVIA AGÜERO COLUNGA. - Doctor EDUARDO JOSE FERRERO COSTA.- Doctor ROBERTO MAC LEAN UGARTECHE.- Doctor JUAN JOSE RUDA SANTOLARIA.- Vicealmirante AP (r) CARLOS ENRIQUE GAMARRA ELIAS. - Capitán de Navío AP (r) AQUILES EDUARDO CARCOVICH CARCOVICH. - Capitán de Corbeta AP (r) JAIME ARTURO VALDEZ HUAMAN. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm). Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de Ministros 2255987-1Designan funcionaria responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Autoridad Nacional de Infraestructura RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 013-2024-ANIN-JEF Lima, 22 de enero de 2024VISTOS: El Memorando Nº019-2023-ANIN/OTI de la O fi cina de Tecnologías de la Información; el Informe N°005- 2024-ANIN-ORH de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N°008-2024-ANIN-OAJ de la O fi cina de Asuntos Jurídicos; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N°31841, se constituyó la Autoridad Nacional de Infraestructura, como un organismo público ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros para la formulación, ejecución y mantenimiento de los proyectos o programas de inversión a su cargo, con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica, siendo la Jefatura, el Órgano de Dirección del funcionamiento institucional a dedicación exclusiva y remunerada, quien ejerce la titularidad del pliego presupuestal; Que, el artículo 2, inciso 5 de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N°021-2019- JUS que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27806-Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece que la presente Ley tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información; Que, conforme a lo dispuesto en los artículos 3 y 5 del TUO de la Ley Nº27806 el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para lo cual la entidad pública designará al/a la funcionario/a responsable de entregar la información solicitada, así como al/a la funcionario/a responsable de la elaboración de los portales de Internet; Que, mediante los literales b) y c) del artículo 3 del Decreto Supremo N°070-2013-PCM que modi fi ca el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N°072-2003-PCM, establece que una de las obligaciones de la máxima autoridad de la entidad es “Designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público; designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia”; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo N°072- 2003-PCM que aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece en el segundo párrafo que: “La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente, la Entidad colocará copia de la Resolución de designación en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas”; Que, mediante Resolución Jefatural N°016-2023- ANIN-JEFATURA, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 16 de diciembre de 2023, se designó a la señora Linett Erika Echegaray Luna como de Jefa de la Unidad de Comunicaciones de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN);