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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2024 (28/01/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Domingo 28 de enero de 2024 El Peruano / Nombran Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Del Santa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 261-2024-MP-FN Lima, 26 de enero de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio N° 171-2024-MP-FN-PJFSSANTA, cursado por la abogada Miriam Luzmila Lucero Tamayo, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Del Santa, mediante el cual eleva propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Del Santa, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa verifi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por concluida la designación de la abogada Katiuska Lisbeth Rodríguez Hernández, Fiscal Adjunta Provincial Titular Penal (Corporativa) de Nuevo Chimbote, Distrito Fiscal Del Santa, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Nuevo Chimbote, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 822-2014-MP-FN, de fecha 07 de marzo de 2014. Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Katiuska Lisbeth Rodríguez Hernández, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal Del Santa, designándola en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa Del Santa, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal Del Santa, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2256621-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana 2024 – 2027 ORDENANZA Nº 2596 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA: POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, a través del Dictamen N° 001-2024-MML-CMSCDC y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, a través del Dictamen N° 001-2024-MML-CMAL, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana 2024 – 2027, validado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento del plan aprobado en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Ofi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo su anexo, en el portal institucional: www.munlima.gob. pe y en el Portal del Estado Peruano: www.gob.pe .