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42 NORMAS LEGALES Domingo 28 de enero de 2024 El Peruano / Artículo Cuarto .- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 25 de enero de 2024.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2256474-1 Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 – 2027 del Cercado de Lima ORDENANZA Nª 2597 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil, a través del Dictamen N° 002-2024-MML-CMSCDC y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, a través del Dictamen N° 002-2024-MML-CMAL, el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZAArtículo Primero.- APROBAR el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024 – 2027 del Cercado de Lima, el mismo que, como anexo, forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cumplimiento del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2024-2027 del Cercado de Lima; y a la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica, a la O fi cina General de Finanzas y demás órganos competentes, en el marco de sus funciones y atribuciones, la incorporación del mencionado plan de acción distrital, al Plan Operativo Institucional y la asignación presupuestaria institucional correspondiente, conforme a la normativa vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaria del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluyendo su anexo, en el portal institucional: www.munlima.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.gob.pe . Artículo Cuarto.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.Lima, 25 de enero de 2024. RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2256478-1Declaran favorable la modificación del plano de zonificación del distrito de La Victoria ORDENANZA Nº 2598 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA; POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano Vivienda y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 004-2024-MML-CMDUVN, el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1 .- Declarar favorable la modi fi cación del plano de zoni fi cación del distrito de La Victoria, aprobado mediante Ordenanza N° 1082-MML, publicada el 18 de octubre de 2007 en el diario o fi cial El Peruano; de: Vivienda Taller (VT) a: Hospital Especializado (H4) para el área de 1,042.50 m 2, que forma parte del predio matriz de 1,518.75 m2, ubicado en el Jirón Prolongación Huamanga N° 134, 138 y 140, Calle Prolongación Cangallo, Av. Miguel Grau N° 854 – 896, Urb. Huerta Pellejo del distrito de La Victoria, provincia y departamento de Lima, solicitado por el Hospital de Emergencias Pediátricas representado por su Director General, Sr. Fernando W. Ramos Neyra, identi fi cado con D.N.I. N° 10493117; conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente ordenanza. Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de La Victoria, la modi fi cación aprobada en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la noti fi cación de la presente Ordenanza al administrado y a la Municipalidad Distrital de La Victoria. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y, a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación, incluyendo su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 25 de enero de 2024.RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA Alcalde 2256581-1 Crean el órgano de línea denominado: “Gerencia de Planificación, Gestión y Recuperación del Centro Histórico de Lima – PROLIMA” ORDENANZA N° 2599 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA