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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2024 (15/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 2

2 NORMAS LEGALES Lunes 15 de julio de 2024 El Peruano / SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. SBS N° 02489-2024.- Aprueban las bases y anexos del Concurso Público N° 001-2024 para la selección de la persona jurídica a la que se le encargará la conducción del proceso liquidatorio de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credicoop Arequipa en Liquidación 23 Res. SBS N° 02490-2024.- Aprueban Normas Complementarias en materia de bienes y/o servicios provistos por terceros en las Coopac 24GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMPA Ordenanza N° 002-2024–MPL/CM.- Ordenanza Municipal que aprueba la nueva Estructura y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial de Lampa 26 PODER EJECUTIVO COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo – CENFOTUR, incorporando cuatro servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 093-2024-CENFOTUR/J Barranco, 28 de junio de 2024VISTOS: El Informe N° 000245-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000903-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000743-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000908-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000346-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000902-2024-SDPFC/CENFOTUR, el Informe N° 000260-2024-SDPFC/CENFOTUR y el Informe N° 000901-2024-SDPFC/CENFOTUR emitidos por la Sub Dirección de Programas de Formación Continua; el Memorándum N° 000270-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001042-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001103-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 000847-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001048-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001104-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 000398-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001041-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001105-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 000277-2024-DEE/CENFOTUR, el Memorándum N° 001040-2024-DEE/CENFOTUR y el Memorándum N° 001102-2024-DEE/CENFOTUR emitidos por la Dirección de Extensión Educativa; el Memorándum N° 000282-2024-OAF/CENFOTUR, el Memorándum N° 000281-2024-OAF/CENFOTUR, el Memorándum N° 000280-2024-OAF/CENFOTUR y el Memorándum N° 000279-2024-OAF/CENFOTUR emitidos por la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe Técnico N° 000054-2024-UC/CENFOTUR, el Informe Técnico N° 000051-2024-UC/CENFOTUR, el Informe Técnico N° 000052-2024-UC/CENFOTUR y el Informe Técnico N° 000053-2024-UC/CENFOTUR emitidos por la Unidad de Contabilidad, el Informe Técnico N° 000100-2024-UPLD/CENFOTUR emitido por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, el Memorándum N° 000154-2024-OPPD/CENFOTUR emitido por la O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, y el Informe N° 000064-2024-OAJ/CENFOTUR emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, con autonomía académica, económica, fi nanciera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155, Ley Orgánica del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, precisado por el Decreto Legislativo N° 1451; destinado a la formación, capacitación, especialización y certi fi cación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2023- MINCETUR se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, en el cual se establece que mediante Resolución del titular del CENFOTUR se aprueba su Sección Segunda; Que, mediante Resolución Directoral Nº 056- 2023-CENFOTUR/DN se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR, la cual se encuentra publicada de conformidad a la normativa vigente; Que, mediante Resolución Jefatural N° 001- 2023-CENFOTUR, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, mediante Resolución Directoral N° 208- 2019-CENFOTUR/DN y sus modi fi catorias, se formalizó la aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR; Que, el Texto Único Ordenando de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, dispone en el numeral 43.4 del artículo 43, que “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal” ; Que, con Memorándum N° 000270-2024-DEE/ CENFOTUR la Dirección de Extensión Educativa remite a la O fi cina de Administración y Finanzas el Informe N° 000245-2024-SDPFC/CENFOTUR de la Sub Dirección de Programas de Formación Continua, el cual contiene en adjunto el Informe Técnico N° 000024-2024-RFT- SDPFC/CENFOTUR elaborado por la Especialista en Gestión Académica de Carreras y Cursos Ocupacionales, mediante el cual requiere se realice el costeo de: i) “Taller Festival de Causas”, Sede Lima, modalidad será presencial, y ii) “Taller Festival de Causas creativas”, Sede Lima, modalidad será presencial; Que, con Memorándum N° 000282-2024-OAF/ CENFOTUR la O fi cina de Administración y Finanzas comunica que mediante Informe Técnico N° 000054-2024-UC/CENFOTUR la Unidad de Contabilidad ha realizado el proceso de costeo de: i) “Taller Festival de Causas”, Sede Lima, y ii) “Taller Festival de Causas creativas”, Sede Lima, ambos solicitados por la Dirección de Extensión Educativa, incluyendo en el proceso la utilización de una herramienta de costeo en Excel, la revisión, validación de datos y parámetros proporcionados por la Dirección