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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2024 (28/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 28 de julio de 2024 El Peruano / Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones especí fi cas, constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades; Que, mediante Memorándum N° DGC010292024, de 20 de junio de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a la cancelación del Exequátur otorgado al señor Alfonso Javier Álvarez- Calderón Yrigoyen, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario de Filipinas en Lima; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, en el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelación de Exequátur Se cancela el Exequátur que reconoce al señor Alfonso Javier Álvarez-Calderón Yrigoyen como Cónsul Honorario de Filipinas en Lima, con jurisdicción en todo el país, con e fi cacia anticipada al 18 de mayo de 2024. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2310534-7 Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul Ad Honorem del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Piura RESOLUCIÓN SUPREMA N° 141-2024-RE Lima, 26 de julio de 2024CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 0225-1994- RE, de 11 de abril de 1994, se reconoció al señor Henry Edward Stewart, como Cónsul Ad Honorem de Gran Bretaña en Piura, con jurisdicción en la localidad; y, se le extendió el Exequátur correspondiente; Que, el artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, dispone que las funciones de un miembro de la o fi cina consular terminan, entre otros: a) por la noti fi cación del Estado que envía al Estado receptor de que se ha puesto término a esas funciones; b) por la revocación del exequátur; c) por la noti fi cación del Estado receptor al Estado que envía de que ha cesado de considerar a la persona de que se trate como miembro del personal consular;Que, a través de la Nota N° 0070-2024, de 18 de junio de 2024, la Embajada del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en el Perú solicita la cancelación de la acreditación del señor Henry Edward Stewart; Que, el literal l) del artículo 116 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010- RE, señala que la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares tiene como una de sus funciones especí fi cas, constituir el nexo con el Cuerpo Consular acreditado en el Perú, evaluar y tramitar las solicitudes de Exequátur y Reconocimiento Provisional, así como prestar apoyo para el desempeño de sus actividades; Que, mediante Memorándum (DGC) N° DGC011072024, de 03 de julio de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a la cancelación del Exequátur otorgado al señor Henry Edward Stewart, quien fuera reconocido como Cónsul Ad Honorem de Gran Bretaña en Piura; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo señalado en los incisos 11 y 13 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, los incisos a y b del artículo 25 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963; SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelación de Exequátur Se cancela el Exequátur que reconoce al señor Henry Edward Stewart como Cónsul Ad Honorem del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte en Piura, con jurisdicción en la localidad. Artículo 2.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2310534-8 Nombran Cónsul Honorario del Perú en Cali, República de Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 142-2024-RE Lima, 26 de julio de 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE, señala que es decisión soberana del Estado peruano nombrar a los funcionarios consulares honorarios; Que, mediante Resolución Suprema N° 0181- 94-RE, de 2 de junio de 1994, se establece la jurisdicción del Consulado del Perú en Cali sobre los departamentos de Cauca, Huila, Quindio, Tolima y Valle del Cauca; Que, mediante Resolución Suprema N° 064-2024-RE, de 26 de marzo de 2024, se resuelve dar por terminadas las funciones del señor Fernando Guido Castañeda Pinasco, Como Cónsul Ad Honorem del Perú en Cali, República de Colombia, con jurisdicción en la localidad y en los departamentos de Cauca, Huila, Quindio, Tolima y Valle del Cauca; con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2023; Que, mediante memorándum N° DGC004222024, de 7 de marzo de 2024, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del