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11 NORMAS LEGALES Martes 30 de julio de 2024 El Peruano / m) Atender, orientar y asistir al usuario en los procesos aduaneros que competen a las unidades de organización de la Intendencia. n) Apoyar en las labores de evaluación de la gestión operativa de las unidades de organización de la Intendencia. o) Elaborar la comunicación de indicios de la comisión de delitos aduaneros y delitos comunes en agravio de la SUNAT, que detecte o le sean derivados por las unidades de organización de la Intendencia, y de ser el caso, remitirla al órgano competente. p) Dar cumplimiento a las resoluciones emitidas por el Tribunal Fiscal y el Poder Judicial, así como aquellas emitidas por la misma unidad de organización u otras de la institución, que se encuentren consentidas, en el ámbito de su competencia. q) Emitir las resoluciones de revocación, modi fi cación, complementación o sustitución de actos administrativos, en los casos que corresponda. r) Elaborar las propuestas de mejora y los informes sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos aplicados, en el ámbito de su competencia. s) Cumplir otras funciones que, en el ámbito de su competencia, le encomiende la Gerencia de Riesgo, Control y Procesos Transversales.” Artículo 3.- Modi fi cación de los Anexos 1, 2 y 5 de la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT Modi fi car los Anexos 1, 2 y 5 de la sección segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, aprobada por la Resolución de Superintendencia Nº 000081-2023/SUNAT, que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la SUNAT, así como las unidades de organización de soporte administrativo según dependencia jerárquica y jurisdicción administrativa a nivel nacional, de acuerdo a los anexos que forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente resolución se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Publicación La presente resolución y sus anexos son publicados en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la SUNAT (www.gob.pe/sunat), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia a partir del 21 de octubre de 2024. Segunda.- Implementación Las unidades de organización competentes de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT deben adoptar las medidas necesarias para la implementación de la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 127-2024-EF y la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GERARDO ARTURO LÓPEZ GONZALES Superintendente Nacional 2310303-1ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Piura, para el año Fiscal 2024 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA Secretaría General División de Producción Documentaria RESOLUCIÓN RECTORAL N° 515-R-2024 Piura, 17 de junio de 2024VISTO:La Hoja de Trámite Nº 00259-6901-24-3 e Informe Nº 876-2024/UP-OPYPTO-UNP, de fecha 13 de junio de 2024, mediante el cual la Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura, solicita autorización para la incorporación presupuestaria 2024, por la Transferencia Financiera del Ministerio de Educación a favor de la Universidad Nacional de Piura, en el marco de lo estipulado por la Cláusula Sexta del Convenio Nº 039-2024-MINEDU y las Resoluciones Ministeriales Nros.256 y 288-2024-MINEDU. CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 31953 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2024; Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 630- CU-2023, de fecha 19 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Universidad Nacional de Piura y los recursos que lo fi nancian, correspondientes al año fi scal 2024, el cual asciende a un total de S/. 247’247,176.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento; Que, según el artículo 8º del Decreto Legislativo 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad sujetándose a las disposiciones que emite la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, veri fi ca y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modi fi caciones, los que constituyen los límites máximos de los créditos presupuestarios aprobados; Que, el Artículo 175º del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, señala que: El Rector es el representante legal de la Universidad Nacional de Piura y ejerce el Gobierno de la misma... ( )... Sus atribuciones son las siguientes 175.3 Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión Administrativa, Económica y Financiera... ( ); Que, con fecha 09 de mayo de 2024, se fi rma el Convenio de Colaboración Interinstitucional Nº 039-2024-MINEDU, entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Piura, para la ejecución e implementación del Programa de Inducción Docente 2024, cuyo propósito es fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor recién nombrado que ingresa a la primera escala de la carrera magisterial